La justicia ordinaria, el último camino del Betis para que Antony juegue el derbi
El TAD no concedió la cautelar al brasileño y con los precedentes de Canales o Lukébakio la pasada campaña acudir al Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo es la vía que queda
El culebrón Antony sigue ofreciendo capítulos y tras la denegación de la cautelar a la suspensión por parte del TAD del brasileño al Betis sólo le queda la vía de los tribunales ordinarios para que el brasileño pueda jugar el derbi. Puede que otras circunstancias el club heliopolitano se planteara no pelear más, pero las bajas confirmadas por Pellegrini de Isco y Amrabat tras lesionarse en una acción fortuita contra el Utrecht aumenta las urgencias verdiblancas, aunque Manuel Pellegrini insista que hay un plantel amplio como para no echar de menos a nadie. Pero es que Isco, Amrabat y Antony no son unos cualquiera en este Betis y el siguiente encuentro tampoco es uno más en la ciudad.
Los comités de Competición y Apelación no atendieron las alegaciones béticas. Tampoco el TAD, que no concedió la cautelar, por lo que la justicia ordfinaria es la última vía a la que recurrir. No es algo habitual, pero sí que es cierto que de unos años a la actualidad cada vez es más frecuente y los clubes le han perdido el miedo a hacerlo, entendiendo que no tiene por qué haber después consecuencias en lo deportivo
Mientras el técnico chileno ya piensa en el encuentro sin contar con el brasileño, la directiva y el equipo jurídico no se rinden y están valorando la posibilidad de recurrir a la justicia ordinaria, tal y como hicieron en su día con Sergio Canales o el Sevilla la pasada campaña con Dodi Lukébakio.
Canales vivió una situación similar cuando fue expulsado en el partido ante el Cádiz cuando Mateu Lahoz le mostró la roja directa al parecer por algo que dijo el cántabro. Los órganos disciplinarios de la RFEF lo sancionaron con cuatro partidos por sugerir que su expulsión fue premeditada, pero el Juzgado de los Contencioso Administrativo número 4 de Madrid estimó el recurso al considerar que quedaron vulnerados los principios de tipicidad, culpabilidad y presunción de inocencia.
Quizá más parecido al de Antony fue el caso del sevillista Lukébakio la pasada campaña al ser por un lance del juego. La justicia ordinaria acabó atendiendo la solicitud del Sevilla de suspender cautelarmente la sanción al belga por su expulsión en Pamplona, después de que el Comité de Disciplina de la RFEF había denegado días antes las alegaciones nervionenses imponiendo un partido de sanción al futbolista. Pero el club tenía preparados sendas peticiones de suspensión cautelar: al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) y al Juzgado de Instrucción de Madrid. El TAD denegó dicha cautelar pero la justicia ordinaria sí la atendió. Fue concretamente el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo. El Sevilla envió un pliego de alegaciones con imágenes en las que se veía posible error de apreciación del colegiado según la redacción del acta, que justificó la roja por un "codazo en la cabeza" a Catena cuando lo que hubo un empujón con el brazo hacia atrás. La sanción, curiosamente, acabó ejecutándose y la ha cumplido este curso ya en el Benfica. El Betis podría alegar la falta de intencionalidad así como la sanción con simple amarilla de casos similares con otros jugadores esta misma campaña.
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