El Palquillo

El Gran Poder aplaza sus elecciones por la evolución de la pandemia

Personas hacen cola ante la basílica del Gran Poder para contemplar al Señor expuesto por su 400 aniversario.

Personas hacen cola ante la basílica del Gran Poder para contemplar al Señor expuesto por su 400 aniversario. / José Ángel García

La junta de gobierno del Gran Poder acordó el pasado martes en cabildo de oficiales el aplazamiento de la celebración tanto del cabildo general ordinario, previsto para el próximo día 12 de noviembre, como del cabildo general de elecciones inicialmente convocado para el día 27 de noviembre de 2020.

En la adopción de esta decisión se han tenido en cuenta tanto las últimas medidas decretadas por el Gobierno de España como las subsecuentes ordenadas por la Junta de Andalucía, entre las que se incluyen la declaración del estado de alarma con las limitaciones de derechos que afectan, particularmente, a las libertades de reunión y circulación. Se ha valorado asimismo que las previsiones a corto y medio plazo de la evolución de la epidemia aventuran el posible advenimiento de un estado de emergencia sanitaria, así como la natural reticencia en estos momentos a participar en cualquier actividad que suponga la concurrencia de un grupo numeroso cuando, suponiendo ambos cabildos las dos mayores expresiones del gobierno de la Hermandad por los hermanos, ha de garantizarse y fomentarse la mayor participación posible.

Este aplazamiento se mantendría hasta que, de acuerdo a las condiciones sanitarias y las determinaciones que adopte la autoridad competente, y una vez restaurada la libertad de movilidad y reunión, sea posible la participación de los hermanos en los cabildos sin limitación alguna, con las debidas garantías para su salud. Siendo la intención inicial de la junta de gobierno, el que ambos puedan convocarse dentro del primer semestre de 2021, en el momento en que se entiendan cumplidas las premisas anteriores.

Para la efectividad de todo ello se ha solicitado y obtenido del Arzobispado, a través de la delegación para Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías, la correspondiente dispensa del cumplimiento de nuestras Reglas número 31ª y 33ª, en lo concerniente a la fecha en que han de celebrarse ambos Cabildos, según resolución de la referida Delegación con número de protocolo 3.101/20.

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