Tribunales

El Supremo da carpetazo al recurso contra las elecciones en Montesión de 2017

La Virgen del Rosario, de Montesión, en su paso del Jueves Santo.

La Virgen del Rosario, de Montesión, en su paso del Jueves Santo. / Juan Carlos Muñoz

El Tribunal Supremo (TS) ha dado carpetazo al recurso presentado por Guillermo Baena contra las elecciones a hermano mayor celebradas en la Hermandad de Montesión en diciembre de 2017. Se trata de un polémico asunto que llegó hasta el Vaticano y en el que en todo momento se le ha dado la razón a la corporación del Jueves Santo, tanto por el Estado Pontificio como por las diversas instancias jurídicas por las que ha pasado. 

El último capítulo se produjo en agosto de 2021, cuando el Alto Tribunal admitió a trámite un recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla, que desestimó la demanda promovida por Guillermo Baena, en la que reclamaba la anulación de las elecciones a hermano mayor celebradas en diciembre de 2017. El Supremo indicaba en un auto que procedía la admisión a trámite de dicho recurso "al no advertirse en esta fase causa legal de inadmisión". Daba, además, oportunidad a la hermandad para formalizar su "oposición al recurso".

En la sentencia recurrida, emitida el 9 de diciembre de 2020, la Audiencia de Sevilla sentenció que la Montesión no vulneró ningún derecho fundamental de asociación en las elecciones de 2017, que el censo electoral fue correcto y desestimó la demanda del ex hermano Guillermo Baena, candidato en dicho proceso.

La sentencia de la Audiencia

La Sección Octava de la Audiencia indicó entonces que "no hay pruebas de un supuesto desajuste con los principios constitucionales en lo que respecta a los acuerdos y actuaciones que se dilucidan en el presente litigio" y las posibles irregularidades -Baena denunció anomalías en el voto por correo- fueron "mínimas y no achacables a un determinado proceder torticero de la hermandad".

Guillermo Baena pedía la nulidad del cabildo de elecciones a hermano mayor y de aprobación de cuentas celebrados el 15 de diciembre de 2017. Para ello, denunciaba la inclusión indebida de miembros, con alteración del censo al haber incluido como votantes a hermanos a los que no les correspondía por antigüedad, los cuales sustituían a miembros fallecidos o de baja.

En su sentencia, la Audiencia confirmaba que no se vulneró ningún derecho del demandante, pues Baena "ejerció su derecho a ser elegido y a formar parte de los órganos de gobierno de la hermandad, al participar en el proceso electoral sin límites en conformidad con los estatutos de la hermandad. "Pudo asistir a la asamblea general, ser informado acerca de la composición de los órganos de gobierno, ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias e impugnar los acuerdos de los órganos de la asociación", abundaba el fallo de la Audiencia.

El recurso ante el Supremo

El recurso contra esta sentencia presentado ante el Supremo se fundamenta en cuatro motivos. El primero se basa en la pérdida sobrevenida de interés legítimo de la parte recurrente, al entender la hermandad que "con la pérdida de la condición de hermano del recurrente, ha desaparecido el interés que justificaba su pretensión". La Sala de lo Civil del TS desestima la petición de conclusión del procedimiento por "pérdida sobrevenida de interés legítimo".  De igual forma, desestima los otros tres motivos en los que se fundamenta el recurso de Guillermo Baena (infracción procesal, el derecho de tutela e impedir la práctica de una prueba fundamental). 

Con tales fundamentos de derecho, el Supremo, en una sentencia del pasado 17 de octubre a la que ha tenido acceso Diario de Sevilla, desestima el recurso interpuesto por Baena contra el fallo de la Audiencia y condena al recurrente al pago de las costas

Como se dijo antes, este asunto llegó al mismo Vaticano, que también dio la razón a la Hermandad de Montesión. De esta forma, el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida decretó el 2 de octubre de 2019 la validez del cabildo general de elecciones celebrado el 15 de diciembre de 2015. En él también se afirma la ausencia de irregularidades en el proceso llevado a cabo por la corporación de la calle Feria.

En dichas elecciones fue elegido como hermano mayor Manuel Soto, cuyo mandato concluyó en junio de 2017. Le sucedió desde entonces en el cargo Alberto Balbontín

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