Urbanismo

El Ayuntamiento quiere alejar más de 150 metros las casas de apuestas de los colegios

  • Urbanismo sostiene en la petición a la Junta que el objetivo es reforzar la defensa de la salud pública de los menores

  • San Telmo defiende que no existe una adicción de ese colectivo vulnerable en Andalucía

  • La nueva Altadis se extenderá hasta Virgen de Luján

Una mujer pasa a la altura de la entrada de una casa de apuestas en la que hay dos jóvenes en su interior.

Una mujer pasa a la altura de la entrada de una casa de apuestas en la que hay dos jóvenes en su interior. / Antonio Pizarro

Aumentar la distancia. El Ayuntamiento de Sevilla quiere instar a la Junta de Andalucía a que revise su normativa y permita incrementar la distancia de las casas de apuesta y salones de juego con respecto a los centros educativos dado que la actual legislación autonómica no permite aplicar a los municipios más de 150 metros. El objetivo es reforzar la salvaguarda por una razón de interés general como es la defensa de la salud pública de un colectivo vulnerable: la población menor de edad.

A principios de año, la Consejería de Hacienda y Financiación Europea “no aprecia actualmente motivos suficientes, perentorios y de interés general que demanden ampliar” la distancia mínima de “protección” de 150 metros que, de acuerdo a la actual regulación del gobierno andaluz, debe separar a los establecimientos de juego presencial respecto de los centros de enseñanza no universitaria.

Así lo expuso el ex consejero popular, Juan Bravo, en una contestación escrita que respondía a una pregunta registrada en el Parlamento por el diputado de Unidas Podemos por Andalucía Jesús Fernández relativa a la distancia de los establecimientos de juego respecto de los centros educativos. El titular de Hacienda apuntaba “sobre la incidencia social de los establecimientos presenciales de juego y apuestas, respecto de las personas menores de edad”, que, “a pesar de que en los últimos años (...) se ha venido difundiendo la idea, sin base científica alguna, de que existe una masiva adicción al juego de las personas menores de edad, en el caso del juego presencial en Andalucía esto no se produce”.

Por razones de interés social y de salud pública, la Gerencia de Urbanismo puso a finales de 2019 basándose en informes sobre el impacto de la ludopatía, la modificación puntual 50 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para el establecimiento de un entorno de protección de las parcelas educativas impidiendo la instalación de casas de juego y salones de apuesta, al tiempo que se aprobó una moratoria.

El objeto de la misma era introducir restricciones a la implantación de salones de juego y casas de apuestas, estableciendo una distancia de protección de los centros educativos. Se procuraba de esta forma proteger aquellos espacios frecuentados a diario por los menores de edad, como son los centros docentes y sus entornos más inmediatos de estos usos recreativos, reconocidos como nocivos para su salud.

El decreto autonómico fijando la distancia actual fue aprobado el 11 de mayo de 2021

De este modo, desde el Ayuntamiento se actuaba en el marco de sus competencias de ordenación urbanística (sin establecer regulaciones relativas al juego dado que no son de competencia municipal) ante el retraso de la Junta de Andalucía (administración competente en materia de juego) en aprobar su decreto modificando los reglamentos aplicables en materia de juego y apuestas.

La propuesta de modificación del PGOU redactada por Urbanismo fue aprobada inicialmente por el Pleno municipal de 18 de marzo de 2021, mientras que el decreto autonómico modificando los reglamentos aplicables en materia de juego y apuestas se aprobó el 11 de mayo de 2021, fijando una distancia de 150 metros.

Además de regular las distancias con centros educativos, se actualizó las sanciones aprobadas por ley, se limitó la publicidad y se garantizó mediante control de acceso que ni menores ni personas con problemas de adicción al juego puedan acceder a los establecimientos de juego presencial en Andalucía. Así, se incorporaron como infracciones muy graves el acceso de menores de edad, que pueden ser sancionadas con multas de entre 10.000 y 300.000 euros.

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