Condenado por agredir a otro conductor y romperle las gafas tras un choque
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la multa de 360 euros y la indemnización de 1.119 euros al agredido por las lesiones causadas.
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la multa de 360 euros impuesta a un hombre que agredió a otro conductor tras golpearle con su coche, al que además deberá indemnizar en 1.119 euros por las lesiones causadas y por romperle las gafas.
Una sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia explica que el accidente de tráfico ocurrió sobre las 14:00 del 10 de noviembre de 2011 en una vía de servicio de la ronda SE-30, junto al Tanatorio de Sevilla, cuando el vehículo del acusado golpeó por detrás a otro turismo. Entonces el acusado se puso a la altura del otro coche e insultó a su conductor llamándole "hijo de puta y maricón".
Seguidamente, se bajó de su coche Ford Fusion y, golpeó en la cara al conductor del primer vehículo, y cuando la víctima consiguió bajarse volvió a recibir más golpes hasta que terceras personas consiguieron separarlos. El conductor agredido sufrió heridas en la cara, una contractura muscular y un traumatismo en un dedo que requirieron de puntos de aproximación y 15 días hasta su recuperación, además de haber sufrido la rotura de sus gafas, valoradas en 219 euros.
La Audiencia confirma en todos sus extremos la sentencia anterior del juzgado de instrucción 4, que impuso al acusado el pago de una indemnización de 900 euros por las secuelas sufridas por la víctima, consistentes en dolor postraumático y un "perjuicio estético ligero" derivado de una cicatriz en la cara, además de pagar la reposición de las gafas.
El juez condenó al acusado según un razonamiento "que en absoluto resulta ilógico" y el relato del agredido le pareció "creíble, serio y verosímil", pues además estuvo avalado por el parte de lesiones del hospital al que acudió una hora después del incidente.
Frente a ello, el condenado pretende sustituir el "recto e imparcial" criterio del juez que le condenó por "su propia versión de los hechos, lógicamente parcial y subjetiva", según la Audiencia. Según los jueces, "no existen motivos para dudar de la credibilidad" del agredido o para pensar que "pretendiera imputar falsamente al acusado por unas lesiones no inferidas, cuando de nada lo conocía con anterioridad".
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