Sevilla

Condenan a una aseguradora por no reformar una vivienda

  • La Audiencia Provincial ratifica una sentencia que obliga a la compañía a reparar los daños de unas filtraciones

La Audiencia Provincial de Sevilla ha ratificado una sentencia dictada por un juzgado de Primera Instancia en la que se condena a una compañía de seguros a reparar los daños causados en la vivienda de un cliente por unas filtraciones de agua procedentes de otro piso, ya que, en principio, la aseguradora se negaba a arreglarlos.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, estima que en la póliza se encuentran asegurados los daños causados en la vivienda de la denunciante pues la filtración de agua "está cubierta", con lo que su arreglo "implica no sólo la reparación del daño, sino necesariamente la causa de la filtración causante de los mismos". La decisión judicial estima que si la aseguradora no soluciona el problema que provoca las filtraciones "no serviría de nada la reparación ejecutada y se volverían a reproducir" los problemas.

El magistrado prosigue que las reformas necesarias en la vivienda tiene que llevarlas a cabo la empresa denunciada "con independencia de que la filtración tenga origen en el piso asegurado o en cualquier otro lugar" ya que la persona afectada puso en conocimiento de su compañía los daños y ésta debe repararlos según se establece en el contrato, "aunque el origen sea en un elemento comunitario o en otro piso distinto", se explica en la sentencia.

Asimismo, el juez asevera que resulta "inadmisible" la actuación de la aseguradora, que bajo el pretexto de que el origen de la filtración no se encuentra en el piso dañado, sino en una vivienda del mismo bloque, "se desentiende del siniestro y pretende no cumplir con sus obligaciones contractuales de reparar tanto los daños como el origen de los mismos".

De esta manera, la sentencia refleja que la argumentación de la parte recurrente es "inaceptable" ya que pretende que el tribunal "le permita incumplir el contrato de seguro", por lo que su recurso roza "a la mala fe procesal y material". Por ello, la Audiencia Provincial de Sevilla ha desestimado el recurso interpuesto por la compañía de seguros contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 10 y la condena a "realizar las gestiones necesarias para localizar el elemento causante de las filtraciones y una vez efectuado proceda a la reparación del daño".

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