Sevilla

La Junta pide al TSJA la expulsión de tres niños de un colegio concertado de Sevilla

  • Los escolares entraron en el centro de las Carmelitas al falsear sus padres el domicilio.

La Junta de Andalucía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que expulse a tres alumnos de un colegio concertado, después de que una sentencia haya declarado probado que sus padres dieron hace cinco años un domicilio falso para conseguir plaza escolar.

El juez de lo Contencioso 10 ha ordenado a la Junta que escolarice en el colegio concertado Santa Joaquina de Vedruna de Sevilla a una niña que pidió plaza para Educación Infantil en el curso 2009-2010, pues declara demostrado que era la primera en la lista de espera y que los padres de tres alumnos admitidos habían falsificado su domicilio para obtener puntos por proximidad al centro escolar.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, ordenó aumentar la "ratio" de alumnos por clase y no expulsar a los tres niños cuyos padres dieron un domicilio falso, lo que el juez consideró una medida "en exceso perniciosa" dado que llevan varios años recibiendo docencia en el centro.

La Consejería de Educación, sin embargo, ha recurrido la sentencia ante el TSJA para que esos tres alumnos sean expulsados porque "dejar impunes comportamientos irregulares" como el de estos padres "supone conceder, a la postre, un trato más favorable a estos infractores que al resto de padres cuyos hijos no fueron admitidos".

Además, "el efecto pernicioso que produciría la expulsión de los tres alumnos no es más que una hipótesis, y en todo caso sería una consecuencia que habrían de asumir sus padres, al haber incurrido en falsedad en la declaración de sus respectivos domicilios", según el recurso de la Junta.

El letrado que presentó la demanda, Jose María Ruiz Bobillo, ha dicho a Efe que la hija de sus clientes fue escolarizada de manera cautelar, por lo que se dan por satisfechos con la sentencia y consideran acertada la decisión del juez de no expulsar a los tres menores, que "no tienen ninguna culpa del fraude cometido por sus padres y de la dejación de funciones por parte de la Junta".

Ruiz Bobillo cree "sorprendente que ahora la Administración pida la expulsión de los alumnos cuando durante el proceso judicial y antes en vía administrativa habían defendido que dichos menores habían sido bien admitidos", pese a las "pruebas concluyentes" aportadas por los reclamantes.

Según la sentencia, en el proceso de petición de plaza la Consejería de Educación detectó que en la lista de espera había tres solicitudes con domicilio falso, otras cinco que no eran de familia monoparental y dos que no tenían derecho a puntuación por renta, por lo que la niña reclamante quedó en primer lugar.

Además de ello, un detective contratado por los padres afectados demostró que dos alumnos admitidos no vivían en el barrio sevillano donde se encuentra el colegio sino en la barriada de Montequinto de la localidad de Dos Hermanas y otro en Gelves, y que el domicilio señalado como de residencia era de los abuelos o correspondía a una casa en venta.

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