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La Raza y el Citroen aspiran a regularizar su situación en el Parque de María Luisa

  • Zoido quiso extinguir los contratos convirtiendo en un mismo acto los antiguos arrendamientos en concesiones administrativas. El Bar Parada de Heliópolis se encuentra en la misma encrucijada.

Varios negocios que tienen el valor añadido de ser símbolos de la hostelería local negocian con el equipo de gobierno de Juan Espadas la regularización de su situación al funcionar en inmuebles de dominio público. Entre ellos figuran La Raza y el bar Citroen, dos históricos del Parque de María Luisa, y el Bar Parada, en la rotonda de Heliópolis en la que desemboca la Avenida de Reina Mercedes. Se trata de negocios que desarrollan su actividad con contratos de renta antigua al igual que ha ocurrido con establecimientos que han funcionado en fincas de titularidad privada y a los que la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) ha obligado a renegociar las condiciones, o a buscar otras sedes. El gobierno de Zoido optó a seis meses de las pasadas elecciones por reconvertir estos contratos en concesiones administrativas y, en el mismo acto, poner fecha de extinción, tal como acordó en el seno de la junta de gobierno. La Raza y el Citroen interpusieron los correspondientes recursos de reposición al considerar que ese acto de reconversión del arrendamiento en concesión administrativa lesiona los derechos de los inquilinos de ambos inmuebles. El Ayuntamiento ha dejado pasar el plazo de respuesta al recurso de reposición, por lo que se entiende que la decisión de la junta de gobierno se encuentra en suspenso.

La voluntad política del gobierno de Espadas es solucionar la situación de estos dos inmuebles. Por el momento no hay un pronunciamiento oficial. Se entiende que la vía más apropiada sería la de sacar a concurso las dos fincas. Entre los asesores jurídicos del Ayuntamiento hay criterios enfrentados. Existen juristas que consideran que al tratarse de edificios públicos -considerados bienes demaniales- sólo cabe la licitación, por lo que los actuales inquilinos se limitarían, si lo consideran oportuno, a presentar ofertas en condiciones de igualdad con otros aspirantes. Incluso entre los que defienden esta opción, no hay consenso sobre si los actuales usuarios tendrían algún tipo de derecho preferente para seguir explotando las fincas, tal como la capacidad para mejorar la oferta más elevada. Otra corriente de juristas estima que, efectivamente, la situación de ambos negocios ubicados en un parque público debe tener la forma de una concesión administrativa y apuntan a la posibilidad de que pueda ser legal la concesión directa a los actuales titulares de los negocios.

El recurso presentado por ambos negocios -asesorados por distintos despachos de abogados- hace hincapié en que se trata de establecimientos que han mantenido durante años un régimen de explotación propio de un bien patrimonial (no demanial) mediante contrato de arrendamiento sujeto a la LAU, al igual que 44 locales más propiedad del Ayuntamiento. El Ayuntamiento, al considerar que los contratos de arrendamientos de hace 40 o 50 años debieron ser tramitados por la vía de la concesión y no del alquiler puro y duro, está de alguna manera rectificando su proceder, por lo que en ningún caso dicha corrección debería realizarse con perjuicio de los actuales hosteleros, como entienden los abogados de los empresarios.

Hay un antecedente de 1985, cuando el Ayuntamiento inició la vía de la conversión del arrendamiento en concesión, pero los recursos interpuestos entonces por La Raza lograron dejar la situación como estaba: un arrendamiento que se prorrogaba de año en año. El Ayuntamiento llegó a pedir el pronunciamiento del Consejo de Estado, que finalmente no se produjo.

En el caso de La Raza, el recurso refiere que en 2014 contó 203 empleados entre fijos y temporales más de 173 dedicados a la división de cáterin, al mismo tiempo que valora las inversiones realizadas en las mejoras del local.

La Raza y el Citroen consideran que la decisión de la junta de gobierno presidida por Zoido es contraria a derecho al haber convertido un arrendamiento en concesión de forma automática y unilateral, al mismo tiempo que dispone que la concesión se extingue coincidiendo con el tiempo en que finalizan los contratos de arrendamiento anteriores al 9 de mayo de 1985, todo lo cual se califica como una actuación "anormal" del Ayuntamiento, que habría mantenido el contrato durante años sin convertirlo en concesión y sin fijar un plazo concreto para esta forma de explotación, por lo que no podría ahora perjudicar a los actuales titulares de los contratos de arrendamiento, que quedarían en una situación de "grave desigualdad" con los arrendatarios de los otros 39 locales municipales que si gozan con carácter preferente con la opción de seguir explotando sus negocios. El recurso denuncia que el acuerdo de la junta de gobierno lesiona el principio de buena fe y confianza legítima.

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