Sevilla

El TSJA levanta la suspensión de las oposiciones municipales recurridas

  • El concurso fue suspendido cautelarmente al ser recurrido por un grupo que criticaba irregularidades en el proceso.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido revocar el auto dictado en mayor de 2010 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Sevilla por el cual se suspendían cautelarmente las oposiciones a auxiliar administrativo del Ayuntamiento hispalense, que ofertaban 116 plazas y que fueron recurridas por un grupo que criticaba irregularidades en el proceso.

En la sentencia, el TSJA resuelve así, sin posibilidad de recurrir, la acción presentada por el Consistorio y por la asociación de opositores 'No a la suspensión' tras el recurso en segunda instancia al Alto Tribunal andaluz, después de que el juzgado decidiera rechazar la petición.

Tras la argumentación de los recurrentes de que no se había acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos para adoptar la medida cautelar y que deben prevalecer el interés público de que se cubran las plazas y los perjuicios que se ocasionan a los aspirantes que han superado el ejercicio, la Sala recuerda que, según el ordenamiento jurídico vigente, "sólo cabe acordar en vía jurisdiccional la suspensión en aquellos supuestos en que, previa valoración de todos los intereses en conflicto, se considere que la ejecución del acto pudiera hacer perder su finalidad legítima al recurso".

De esta forma, en el caso "no concurre" el presupuesto necesario para poder adoptar la medida cautelar pretendida -la pérdida de finalidad del recurso-, ya que la continuación del proceso selectivo no implica la imposibilidad de ejecución de una posterior sentencia judicial, "pues siempre sería posible proceder a la ejecución acordando la retroacción de actuaciones".

Concluye el fallo que "debe prevalecer el interés general de que se proceda a cubrir los puestos existentes para una adecuada prestación de los servicios públicos, que de otra forma se podrían ver afectados y prestados defectuosamente por falta de personal".

Los opositores aún deben vencer dos suspensiones, dictadas por los juzgados 10 y 14, si bien ya cuentan con una sentencia del juzgado número 12 que desestima el primero de los recursos presentados por el grupo de opositores disconformes, suponiendo el primer fallo judicial de un caso que se encuentra repartido en otros tres juzgados de lo contencioso-administrativo de la capital hispalense, aglutinando a un total de seis demandantes, y que cuenta con comparecencias fijadas hasta septiembre de 2012. Finalmente, este fallo no ha sido recurrido.

Los miembros de 'No a la suspensión', por otro lado, han asegurado que sus miembros se reservan, a título individual, el derecho de exigir judicialmente responsabilidad patrimonial a los recurrentes debido a los perjuicios económicos causados por la dilación indebida del proceso selectivo.

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