Caso marta del castillo

Los abogados discrepan tras la doctrina del TS y advierten de que el juicio podría ser "nulo"

  • El letrado que defiende a Francisco Javier Delgado asegura que el alto tribunal ha dejado "claro" que el caso no puede ser juzgado por un jurado popular.

La doctrina del Tribunal Supremo (TS) sobre qué delitos deben ser juzgados por jueces ordinarios y cuáles por un jurado ha dividido a los abogados de los imputados por la desaparición y el presunto asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo. Mientras que para el abogado de Francisco Javier Delgado, José Manuel Carrión, la nueva doctrina del alto tribunal deja "contundentemente" claro que debe ser un tribunal ordinario el que juzgue a su defendido, el abogado de Samuel Benítez, Manuel Caballero, ha criticado de "erróneo" el planteamiento del TS, que debería aclarar que criterio adoptar cuando no hay pruebas físicas de violación. La letrada de Miguel Carcaño está estudiando la nueva normativa del alto tribunal. 

Carrión ha asegurado que el juicio contra sus defendidos podría ser "nulo" si se llevara a cabo con un jurado. El letrado se ha manifestado así tras la reciente doctrina del TS, que extiende los delitos que son competencia del tribunal del jurado. El TS se ha manifestado sobre qué delitos corresponden a un jurado y cuáles a los tribunales ordinarios. El alto tribunal busca así resolver el problema que aparecía cuando una persona era juzgada por un delito de homicidio, que corresponde a un jurado popular, y por otro de delitos sexuales, que correspondería a un juez. 

Los letrados de los imputados por la desaparición y el presunto asesinato de la joven sevillana Marta del Castillo Casanueva la noche del 24 al 25 de enero del pasado año 2009 han expresado sus discrepancias tras la doctrina del Tribunal Supremo que extiende los delitos que son competencia del tribunal del jurado. Los abogados han advertido del riesgo de "nulidad" que podría conllevar celebrar la vista oral con un jurado sin tener en consideración el posicionamiento del Supremo. 

El alto tribunal ha establecido que corresponderán al jurado aquellas conductas cuyo objetivo principal sea la realización de un delito de los previstos en el artículo 1.2 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado (LOTJ). El debate en el Supremo obedecía a la discrepancia a la hora de aplicar la LOTJ que ha aparecido en diversas audiencias provinciales respecto del artículo 5.2 de esta norma -sobre la extensión de la competencia de estos órganos al enjuiciamiento de los delitos conexos-, al existir causas en las que al procesado se le atribuyen delitos como el de homicidio, que corresponden al jurado, y otros, como los abusos sexuales, que son competencia de tribunales ordinarios.

Según el artículo 1.2 de la LOTJ, corresponden al jurado los delitos de homicidio e infanticidio; infidelidad en la custodia de presos y en la custodia de documentos; cohecho y malversación de caudales públicos; fraudes y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas a funcionarios y tráfico de influencias; omisión del deber de socorro; allanamiento de morada; amenazas y delitos medioambientales.

Tras la notificación del TS, el letrado que representa a Francisco Javier Delgado, José Manuel Carrión, ha asegurado que, tras la nueva doctrina del TS sobre las competencias de un jurado popular, "queda contundentemente claro que el caso de Marta del Castillo está excluido de la competencia del tribunal del jurado". Según ha dicho, quien debe decidir ahora sobre la conveniencia de continuar o no el procedimiento según la Ley del Jurado es el juez de Instrucción número 4, Francisco de Asís Molina. 

Un juicio "nulo"

Carrión ha asegurado que el juez instructor deberá decidir sobre este particular en el momento procesal oportuno, en esta caso cuando se celebre la audiencia preliminar en la que los cuatro imputados mayores de edad conocerán los delitos que se les imputan. En su opinión, si finalmente el caso es enjuiciado por un jurado popular, "se corre el riesgo de que se recurra al Supremo y éste declare nulo el juicio". 

El abogado del hermano de Miguel Carcaño ha abogado por "no generar más trámites cuando éstos son innecesarios", y ha anunciado que, en su caso concreto, planteará en el escrito de defensa su posición al respecto tras la nueva doctrina del Tribunal Supremo. Pedirá así que los imputados sean enjuiciados por jueces profesionales, ya que "ha quedado contundentemente claro que el caso de Marta queda excluido de las competencias del jurado", según ha explicado. 

Por su parte, el abogado de Samuel Benítez, Manuel Caballero, ha señalado que el planteamiento del Supremo es "erróneo", ya que, a su juicio, "la pregunta debería ser cuál es el criterio a adoptar cuando no hay pruebas físicas de la existencia del delito de violación y la única evidencia que tienen son los múltiples cambios de versión de Miguel Carcaño ante el Juzgado". La letrada de Miguel Carcaño, por su parte, se encuentra en estos momentos estudiando la nueva doctrina marcada por el Supremo. 

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado 52 años de prisión para Miguel Carcaño -un año y siete meses más que la acusación particular ejercida por la familia-, asesino confeso de la joven sevillana Marta del Castillo, por los presuntos delitos de asesinato, dos delitos de agresión sexual y otro contra la integridad moral, mientras que pide ocho años de cárcel para su hermano, Francisco Javier Delgado, y cinco para Samuel Benítez y María García. 

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