El Ayuntamiento de Sevilla reitera al Hotel Alfonso XIII el pago de un millón del IBI

Hacienda

El establecimiento hotelero acudió al Centro Español de Mediación para intentar llegar a un acuerdo sobre la deuda, pero Patrimonio rechaza esta posibilidad por no tener encaje legal

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Varias personas caminan junto al Hotel Alfonso XIII, en el número 2 de la calle San Fernando.
Varias personas caminan junto al Hotel Alfonso XIII, en el número 2 de la calle San Fernando. / Juan Carlos Muñoz

Sigue el lío con el cobro de la deuda de IBI del negocio hotelero más emblemático de la ciudad. José Luis Sanz ha comunicado al Centro Español de Mediación que no es posible atender la solicitud de mediación remitida por el Hotel Alfonso XIII por la que solicitaba la participación del Ayuntamiento de Sevilla como entidad arrendadora en un procedimiento de mediación a fin de alcanzar un acuerdo en relación con el millón de euros exigidos a Starwood Alfonso XIII Hotel Company en concepto de Impuesto sobre Bienes Inmuebles repercutido por el arrendamiento del histórico inmueble municipal enclavado en el número 2 de la céntrica calle San Fernando.

La delegada de Patrimonio expone que la materia que da origen al conflicto planteado por los dueños del hotel de lujo “es una materia indisponible que en ningún caso podrá ser objeto de mediación a partir de las consideraciones dispuestas en la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles”. Básicamente, no cuenta con encaje legal.

En el escrito que llegó el pasado 16 de mayo al registro del Servicio de Patrimonio, los propietarios del Hotel Alfonso XIII reconocen el esfuerzo de la Corporación para bonificar parte de la cuota que les corresponde pagar, pero entienden que al ser una medida normativa depende de la voluntad política de la entidad municipal y que, por tanto, aspiran a consensuar un acuerdo definitivo amparándose en el principio de libertad de pactos entre las partes.

Respuesta a la solicitud de mediación del Hotel Alfonso XIII.
Respuesta a la solicitud de mediación del Hotel Alfonso XIII. / D. S.

La respuesta vino de la mano de la jefa del Servicio de Patrimonio, que en su argumentación para denegar la petición del negocio hostelero explica que “ni la propia administración puede no repercutir el IBI correspondiente, ni el arrendatario puede eludir el pago”. Y añade que “la obligación de abonar la cuota correspondiente del IBI no es una obligación que se derive del contrato sino de una normal legal, no siendo posible, por tanto, su modificación o dispensa por el arbitrio de las partes”.

El majestuoso inmueble levantado con motivo de la Exposición Iberoamericana de Sevilla de 1929 se encuentra arrendado a Starwood Alfonso XIII Hotel Company, entidad que envió un escrito a la Agencia Tributaria de Sevilla el 31 de mayo de 2023 por el que se opone al pago de las cantidades debidas, en concepto de renta, correspondientes a la anualidad 2023-2024. Asimismo, en ese informe de remisión se informaba que la citada entidad arrastra una deuda con el Ayuntamiento de 1.056.427,42 euros, correspondiéndose con el IBI repercutido más el IVA de los ejercicios 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024.

El gobierno municipal desestimó la reclamación presentada por la dirección del hotel en la que se opuso al pago de las cantidades debidas en concepto de IBI e IVA correspondientes a la anualidad 2023-2024 y que se derivan del arrendamiento del inmueble. Además, requirieron a Starwood Alfonso XIII Hotel Company la deuda pendiente con las arcas de la Casa Consistorial.

Las arcas municipales dejaron de recibir un mínimo de 1.766.476 euros

No es la primera vez que el Hotel Alfonso XIII está implicado en un lío con el cobro del IBI. En plena pandemia, un informe técnico detectó que no se estaban girando de forma adecuada desde hace varios mandatos los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles en al menos 22 inmuebles municipales alquilados a cuyos titulares les correspondía la imputación de este tributo por ley o estar recogido en el contrato. Las arcas municipales dejaron de recibir un mínimo de 1.766.476 euros, importe que fue solicitado a los arrendatarios, ya que los posteriores al 2015 no estaban prescritos.

Esto hizo saltar las alarmas con varios arrendatarios. El más llamativo fue el caso del establecimiento de lujo, que de acuerdo con los informes técnicos debía abonar el Impuesto de Bienes Inmuebles aunque no se le estuviera reclamando. Por este motivo y con base al documento, el negocio tenía una deuda con el Ayuntamiento de 1.739.163 euros desde 2015, ya que los últimos cinco años estaban prescritos. Eran las anualidades de 256.311 euros en 2015; 295.996 en 2016; 295.996 en 2017; 295.996 en 2018; 293.036 en 2019; y 301.827 en 2020.

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