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Movilidad

Los vehículos más contaminantes no podrán circular de lunes a viernes por la Cartuja

Varios vehículos circulan por una  calle de la Cartuja.

Varios vehículos circulan por una calle de la Cartuja. / Juan Carlos Vázquez

Los vehículos más contaminantes no podrán circular de lunes a viernes entre las 07:00 y las 21:00 horas por la Isla de la Cartuja. El Ayuntamiento de Sevilla ha culminado el proceso de consulta pública previa para delimitar una Zona de Bajas Emisiones con el objetivo de reducir o disuadir del uso de coches contaminantes restringiendo para ello el acceso. Tras tomar las propuestas en consideración, el gobierno municipal someterá a exposición pública una propuesta provisional para su primera fase de implantación definiendo dos áreas específicas en la Cartuja donde, con carácter general, podrán circular sin restricción alguna ni registro previo todos aquellos vehículos con distintivo ambiental B, C, Eco y Cero Emisiones, de acuerdo con la clasificación recogida en el reglamento general de vehículos. El resto, que son los de etiqueta A (coincide con vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000 y diésel anteriores al año 2006), no podrá circular por la zona de bajas emisiones en el horario fijado y deberá hacer uso de los aparcamientos habilitados a la entrada de la Cartuja salvo una serie de excepciones que tratan de garantizar la actividad en el interior de Cartuja, el transporte público o los servicios de emergencias.

En concreto, la propuesta provisional define dos áreas en la Cartuja: Norte y Sur. La Zona de Bajas Emisiones de Cartuja Norte estará conformada por las vías comprendidas en el interior del perímetro delimitado exteriormente por las calles Américo Vespucio desde la intersección con Leonardo Da Vinci, Juan Bautista Muñoz, José de Gálvez, Matemáticos Rey Pastor y Castro, Marie Curie, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y su acceso por Hermanos d´Eluyar), ramal de incorporación SE-30 sentido Glorieta Olímpica y hasta intersección con Américo Vespucio. Mientras, la Zona de Bajas Emisiones de Cartuja Sur quedará delimitada por las calles Marie Curie, Camino de los Descubrimientos, Francisco de Montesinos, Avenida de Carlos III (excepto aparcamientos de la banda Oeste y sus accesos).

Los de etiqueta A son los de gasolina matriculados antes de 2000 y los diésel anteriores a 2006

Las restricciones resultarán de aplicación, con carácter general, de lunes a viernes, no festivos, en horario de 07:00 a 21:00 horas. Es decir, coincide con la mayor intensidad de tráfico por las distintas actividades en el interior de Cartuja –empresarial, universitaria, etcétera–, puesto que en los días no laborables disminuye considerablemente el nivel de circulación en este enclave de la ciudad. No obstante, aunque no cuenten con los distintivos medioambientales B, C, Eco y Cero Emisiones, la propuesta provisional excluye de la prohibición de circular “a una serie de casuísticas que tratan de abarcar la amplia radiografía de actividades existentes en Cartuja, y siempre teniendo en cuenta que las bandas de aparcamiento en los accesos a Cartuja pueden absorber a los vehículos excluidos”, según el gobierno municipal.

Zonas de Bajas Emisiones Cartuja Norte y Sur. Fuente: Ayuntamiento de Sevilla. Zonas de Bajas Emisiones Cartuja Norte y Sur. Fuente: Ayuntamiento de Sevilla.

Zonas de Bajas Emisiones Cartuja Norte y Sur. Fuente: Ayuntamiento de Sevilla. / Dpto. de Infografía

Concretamente, las excepciones atañen a: Motocicletas y ciclomotores; vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 3.500 kg, y menor o igual a 12.000 kg; Vehículos destinados al transporte de mercancías de M.M.A. mayor a 12.000 kg, previa autorización expresa; vehículos de categoría M que tengan más de 8 plazas de asiento además del conductor; Bicicletas, ciclos y ciclos de pedaleo asistido y vehículos de movilidad personal; acreditados Tipo A (residentes); acreditados Tipo B (usuarios con plaza garaje en zona restringida); vehículos que transporten o recojan a personas de movilidad reducida, con registro previo de la persona titular de la tarjeta PMR y comunicación o autorización previa al acceso de vehículos, en la que indicará matrícula del mismo (sólo un vehículo por cada usuario acreditado de PMR); vehículos vinculados a la actividad económica de empresas ubicadas en el interior de la Zona de Bajas Emisiones, con registro previo; vehículos de emergencias y asistencia sanitaria; vehículos con destino a alguno de los estacionamientos de uso público en régimen de rotación ubicados en el interior de la Zona de Bajas Emisiones, siendo el destino cotejado mediante a través de las matrículas captadas por un sistema de reconocimiento; vehículos que transporten pacientes para su atención por motivo de urgencias o alta hospitalaria; vehículos de servicios municipales; vehículos blindados de transporte de fondos y gestión de efectivo; vehículos de servicios médicos acondicionados para funciones sanitarias; vehículos funerarios; grúas de asistencia en carretera; vehículos taller; vehículos de RTV; vehículos nupciales; vehículos de transporte de personas a centros de estancia diurna; y otros casos no recogidos de forma expresa en la ordenanza, previa petición expresa que justifique la necesidad de acceso.

Conforme a la legislación nacional, esta Zona de Bajas Emisiones debe estar en vigor en 2023. Las propuestas ciudadanas en la fase de consulta previa se han canalizado a través de la Plataforma Decide del Ayuntamiento, el correo electrónico destinado al Área de Movilidad o el Registro General del Consistorio especificando como destino la Dirección General de Movilidad.

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