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Sevilla

Las deudas y la falta de liquidez disparan las renuncias a herencias

  • Las repudiaciones en la provincia se han duplicado en cuatro años El impuesto de sucesiones lleva a muchas familias a rechazar el patrimonio póstumo

Recibir una herencia ha dejado de ser motivo de satisfacción entre los sevillanos. Incluso se ha convertido en la mayoría de los casos en un regalo envenenado. La crisis ha disparado el número de renuncias a los patrimonios póstumos por dos razones principalmente: las deudas del fallecido y la falta de liquidez del heredero, que impide que pueda pagar el impuesto de sucesiones. Esta situación lleva a los notarios a exigir un acceso a los datos financieros del difunto y la posibilidad de que el citado tributo se sufrague con bienes que no tengan que ser obligatoriamente catalogados, algo al alcance de muy pocos.

El gráfico que acompaña esta información constata el incremento del rechazo. En 2008 -el primer año del declive económico- el número de herencias repudiadas en la provincia de Sevilla no superó las 298. Un año más tarde esta cifra se elevaba hasta las 326. En 2009 la cantidad se mantuvo en una tónica similar, sin sobrepasar las 350. Ya en 2011 las notarías asistieron a un aumento considerable de los patrimonios rechazados:418. Este ascenso se quedaría pequeño en comparación con la cifra del año pasado:598, por lo que en un solo ejercicio las renuncias hereditarias han subido un 43% y en cuatro años se han duplicado, lo que las convierte en uno de los efectos más claros de la crisis.

Los datos del primer semestre vaticinan que en 2013 la subida será aún más llamativa. Sólo en seis meses se registraron 417 renuncias, es decir, casi el 70% de las del año pasado.

Pero, ¿cuáles son los motivos que llevan a un heredero a no disfrutar de los bienes recibidos? El vicedecano del Colegio Notarial de Andalucía, José Luis Lledó, explica que hasta 2007 era muy reducido el número de personas que al fallecer acumulaban deudas. "Por norma general, cuando alguien moría a una edad longeva lo hacía con una economía bastante saneada. Sin embargo, la actual coyuntura ha cambiado este panorama y cada vez es mayor el pasivo (deudas) que acumula el causante (fallecido)". En este punto hay que aclarar los dos tipos de fórmulas establecidas por el Código Civil a la hora de aceptar una herencia: la forma pura o a beneficio de inventario.

La primera de ellas es la más común. Se trata de aceptar la delación con sus activos y pasivos, esto es, con los bienes y deudas. El heredero hará frente al pasivo no sólo con el patrimonio recibido, sino también con el suyo propio. Es por la que optan la mayoría de los herederos al ser un trámite menos complejo que el de la segunda fórmula, en el que el procedimiento puede demorarse varios meses debido a que hay que saldar con el activo heredado las cuentas pendientes con los deudores y los legatarios, es decir, aquellas personas o entidades que sin ser herederos reciban algún bien. Una vez liquidado el pasivo es cuando el heredero recibe el patrimonio.

El hecho de que la mayoría de los sevillanos elijan la forma pura es lo que dispara las renuncias. Y ello por dos razones. Una, la expuesta anteriormente: el incremento del pasivo en la herencia al que tendrá que hacer frente el beneficiado con su propio patrimonio, lo que hace desistir de recibirla. Y por otro lado, el impuesto de sucesiones establecido por las administraciones públicas, que llega a resultar demasiado gravoso en una época marcada por la falta de liquidez de las familias y la escasa accesibilidad a los préstamos bancarios.

El notario José Luis Lledó indica que de este tributo están exentos aquellos hijos que reciban un patrimonio que no supere los 175.000 euros. Para calcular esta cantidad la Junta multiplica el valor catastral de los inmuebles transmitidos por un coeficiente que en el caso de Sevilla es del 3,81, por lo que el valor final es, a veces, bastante superior al del mercado, aspecto que provoca las críticas del cuerpo notarial y de las familias.

Si finalmente supera la cantidad mencionada, el heredero tendrá que contribuir a las arcas públicas con un porcentaje sobre el patrimonio que oscila entre el 7,65% y el 36,5% del valor calculado, una cifra que se mulitiplica en caso de que los beneficiarios no sean familia del causante. Lledó recuerda que en comunidades como Madrid y Navarra este tributo no se grava en caso de que quienes hereden sean los hijos.

Uno de los motivos que impide a muchos beneficiarios disfrutar de una herencia es el requisito de pagar este tributo con dinero o con bienes catalogados, algo de lo que disfrutan muy pocas familias en España (principalemente la aristocracia), de ahí que los notarios soliciten que también se haga frente al impuesto de sucesión con patrimonio que sea "evaluable".

Sevilla aventaja en las renuncias a herencias a otras provincias andaluzas, como Granada, en la que las repudiaciones se han elevado casi un 90% desde que estalló la crisis. A nivel nacional, la provincia también está por delante del conjunto del país. En 2012 han sido 23.320 herederos los que han rechazado un patrimonio póstumo en toda España, lo que en términos porcentuales supone un aumento del 88,9% respecto a 2008.

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