Sevilla

Una testigo declara que no vio informes o trabajos del diputado Carmelo Gómez

  • Otro testificante dice que los cursos se impartieron y que había profesores y 200 alumnos

Una testigo que declaró ayer ante la juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que investiga los supuestos "contratos simulados" con las empresas del conseguidor de los ERE Juan Lanzas al diputado andaluz del PSOE Carmelo Gómez, aseguró que no vio informes o trabajos materiales que hubiesen sido realizados por éste.

La testigo, que declaró por videoconferencia, trabajaba como administrativa en la empresa Maginae Solutions en Granada, y al ser preguntada por el fiscal explicó que recuerda haber realizado las nóminas de Carmelo Gómez, aunque no tuvo relación con él, ya que no recuerda si llegó a conocer a los trabajadores contrastados en Sevilla. Así, sostuvo que no vio informes o trabajos materiales realizados por el ahora diputado andaluz, y añadió que no recuerda si se dio de baja voluntaria o fue despedido de la empresa, aunque sí cree que se le pagó un finiquito.

La juez acordó estas declaraciones después de que el TSJA le devolviera la causa

Otro trabajador de Maginae Solutions que también declaró ayer, manifestó que los cursos se impartían, señalando que la empresa tenía cuatro o cinco profesores y hasta 200 alumnos. Este testigo estaba acabando la carrera de ingeniero informático cuando trabajaba en Maginae, en la que era el encargado de la plataforma de formación. Un tercer testigo que estaba citado no ha comparecido por un defecto en la citación.

Las declaraciones de estos tres testigos fueron acordadas por la juez Bolaños después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acordara en enero pasado devolver la exposición razonada del diputado andaluz que elevó en su día la instructora, con el fin de que la magistrada concretara la participación del aforado en los hechos que se relatan. El Alto Tribunal andaluz resolvió en un auto que, por el momento, "no procede la apertura del procedimiento penal contra el aforado", ya que los magistrados advierten un "déficit argumental" en el dictamen elevado por la instructora porque sólo ofrece un "enunciado genérico" con los delitos que se le atribuyen.

La decisión del TSJA se produjo igualmente tras el informe elaborado por la Fiscalía Superior de Andalucía y en el auto se acordaba que la juez debía concretar "la conducta o conductas delictivas" atribuidas al aforado.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios