La juez quiere escuchar al Ayuntamiento de Sevilla antes de decidir si suspende o no el plan de emergencias

La magistrada considera que el asunto tiene "la suficiente complejidad" para que se haga "un análisis sosegado"

Los eventos navideños que requieren presencia policial en Sevilla crecen un 25% en cinco años

Policías locales de Sevilla, en el dispositivo del derbi Sevilla-Betis del pasado 30 de noviembre.
Policías locales de Sevilla, en el dispositivo del derbi Sevilla-Betis del pasado 30 de noviembre. / José Ángel García

La juez titular del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Sevilla, Ana Rosa Curra, ha aplazado su decisión sobre el plan de emergencias de la ciudad, activado por el alcalde, José Luis Sanz, como medida de fuerza en el conflicto de la Policía Local. Sanz recurrió a ella para forzar a los agentes a trabajar durante la Navidad sin un plan especial de productividad, con la idea de sacar cada día a entre 400 y 500 agentes en tres turnos. A pesar de ello, muchos agentes no están acudiendo a sus puestos de trabajo desde entonces, especialmente durante los fines de semana y festivos, y dicha cifra está lejos de ser real.

El sindicato mayoritario en la Policía Local, el Sppme, solicitó al juzgado por la vía urgentísima que suspendiera la activación del plan de emergencias. La organización basaba sus argumentos en la inexistencia de una situación real de emergencia, como pudiera ser una dana o una catástrofe, sino una serie de eventos programados que podrían suspenderse en el caso de que no hubiera policías suficientes para garantizar la seguridad. Esto implicaba que la decisión judicial se tomara inaudita parte, es decir, sin escuchar a la otra parte, en este caso el Ayuntamiento de Sevilla.

La magistrada ha resuelto que no ha lugar a tramitar este asunto sin oír al Consistorio. Los trámites de la solicitud de la medida cautelar continúan adelante, pero lo hacen dándole un plazo al Ayuntamiento para que formule las alegaciones que considere necesarias. En un auto al que ha tenido acceso este periódico, la juez expone que "la cuestión que se somete a enjuiciamiento cautelar tiene la suficiente complejidad para que se realice un análisis sosegado de la misma, con la previa audiencia de la demandada".

Recuerda que la juez que el sindicato argumentaba que la denegación de la suspensión "ocasionaría perjuicios de difícil reparación y haría perder la legítima finalidad al recurso". De no adoptarse la medida cautelar con urgencia, "nos encontraríamos con centenares de funcionarios prestando servicios extraordinarios que nunca serán retribuidos por la administración, al encontrar el rechazo de la Intervención y del Pleno, y por los mismos motivos, difícilmente encontrarían amparo judicial los centenares de reclamaciones económicas que se generarían".

La magistrada indica que la medida cuya suspensión se pretende fue adoptada el 28 de noviembre, "por lo que el perjuicio que el recurrente invoca se estaría produciendo desde dicha fecha, lapso de tiempo suficientemente grande como para diluir las razones de urgencia que se invocan". Además, no advierte motivos que "justifiquen la resolución del incidente inaudita parte e impedir la audiencia de la parte demandada, para mejor conocimiento, conforme a la regla general".

Así, se abrirá una pieza separada para decidir sobre la suspensión cautelar del plan de emergencias activado por el alcalde. Para agilizar la resolución "y evitar o reducir todo eventual perjuicio a las partes en litigio", la juez da dos días al Ayuntamiento para que se pronuncie.

Mientras tanto, el plan de emergencias sigue activado y no parece que vaya a desactivarse en los próximos días, pues tanto Vox como el PSOE ya han anunciado que votarán en contra del plan de Navidad que propuso el alcalde y que fue aceptado por el sindicato mayoritario tras una primera negativa.

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