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Educación

El Supremo avala el máster de Secundaria en las oposiciones a maestro

  • El Alto Tribunal ha desestimado un recurso de la Junta, que defiende que el estudio de posgrado es "redundante" con el de Magisterio 

  • El máster en ESO se valorará en la fase de concurso de las oposiciones a Infantil y Primaria

Imagen de archivo de unas oposiciones a maestro celebradas en Sevilla.

Imagen de archivo de unas oposiciones a maestro celebradas en Sevilla. / José Ángel García

El máster de profesor de Secundaria podrá valorarse como mérito académico en las oposiciones a maestro. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una sentencia en la que desestima el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que daba la razón a un demandante que se presentó a dichas pruebas en 2017. 

El Alto Tribunal entiende que en el recurso del Gobierno autonómico existe "interés casacional" para la formación de "jurisprudencia" en el procedimiento de ingreso al cuerpo de maestros, en tanto que debe aclararse si el referido máster acredita la formación pedagógica y didáctica o la formación académica, lo que supone, en el segundo de los casos, que se considere mérito "baremable" correspondiente a la fase de concurso, la última de las pruebas de acceso a dicho colectivo funcionarial. 

El fallo del Supremo recuerda las bases de la convocatoria de las oposiciones a maestro de 2017, según las cuales, para concurrir a ellas se exigía a los aspirantes algunos de los siguientes títulos: el de maestro o grado correspondiente, el de profesor de la extinta Educación General Básica (EGB) o el de maestro de enseñanza Primaria. Para la primera de las fases de estas pruebas, denominada de "oposición", deben acreditarse dos aspectos por parte de los opositores: la posesión de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y la aptitud pedagógica así como el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia. Ambas cualidades quedan demostradas a través de la presentación y defensa de una programación didáctica y de la preparación y exposición oral de una unidad didáctica. 

La segunda de las fases, la de concurso, está compuesta de tres bloques: la experiencia docente previa, la formación académica y "otros méritos". Es en la formación académica donde se incluyen, además de la titulación exigida para concurrir a las oposiciones, los posgrados, doctorados, premios extraordinarios y otras titulaciones universitarias de carácter oficial, "no alegadas como requisitos para el ingreso en la función pública docente". 

Un máster no baremable para la Junta

El aspirante recurrido optó en las oposiciones por la especialidad de Inglés, para lo que aportó el título de maestro de educación musical y en la fase de concurso, en el apartado de formación académica, el máster universitario de ESO, Bachillerato, FP y Enseñanza de Idiomas (que sustituyó hace 10 años al certificado de adaptación pedagógica). La comisión de baremación de esas pruebas, no obstante, entendió que a la hora de valorar su formación académica no podía evaluarse dicho estudio de posgrado, al considerar que constituía un "requisito de concurrencia" a las oposiciones y que, por tanto, es "redundante", pues las aptitudes pedagógicas ya quedan demostradas en la titulación de Magisterio que se exige a la hora de aspirar a estas pruebas.  

Tras acudir a los tribunales, la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, con sede en Sevilla, dio la razón al opositor en una sentencia dictada el 27 de febrero de 2019, que fue recurrida por la Junta un año después ante el Tribunal Supremo, cuya sala de lo Contencioso se ha pronunciado recientemente al desestimar el recurso de la Administración autonómica. 

En la respuesta a la cuestión planteada por la Junta, el Alto Tribunal concluye que el máster de Secundaria "no es, por tanto, la titulación exigible para acreditar, en fase de oposición, la formación pedagógica y didáctica para acceder al cuerpo de maestros, pues ya se acredita con la titulación exigible para concurrir a esas pruebas selectivas". "Como consecuencia de lo anterior -abunda el Supremo-, el máster puede aportarse en fase de concurso como formación académica para valorar si aporta o no una mayor excelencia o formación pedagógica o didáctica, máxime si se refiere a una especialidad distinta a la que se concurre en las pruebas de acceso al cuerpo de maestros". 

Más posibilidades de lograr una plaza

Por tanto, aquellos aspirantes a ingresar en las plantillas de maestros de los colegios públicos podrán presentar en la segunda de las fases de las oposiciones el máster de Secundaria (que sí es exigible como requisito para concurrir a las pruebas de profesor de instituto) y ser evaluado para aumentar su puntuación, con el fin de ocupar una de las plazas ofertadas. Debe tenerse en cuenta que muchos universitarios, al obtener su titulación en Magisterio, optan por completar su formación con dicho estudio de posgrado, que abre la puerta a optar en los dos cuerpos docentes. 

Debe recordarse que este año -a finales de junio- están previstas las oposiciones al cuerpo de profesores, para el que la Consejería de Educación y Deporte ha convocado más de 6.000 plazas. Para esta oferta se han presentado ya más de 50.000 solicitudes de inscripción, lo que ha supuesto duplicar los registros de ediciones anteriores, tras aplazarse la convocatoria de 2020 por la pandemia. 

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