Un abogado, sobre los influencers que publicitan estafas: "Su responsabilidad debe medirse por los principios de proporcionalidad y diligencia profesional"
Ángel Seisdedos desgrana los supuestos en los que su participación podría ser sancionada por las vías penal o civil
Seis exfutbolistas del Sevilla FC implicados en una estafa de un negocio de criptomonedas
Alejandro 'Papu' Gómez, Iván Rakitic y otros cuatro exjugadores del Sevilla FC se han visto salpicados por una presunta estafa masiva con criptomonedas y tokens no fungibles (NFTs). Un juzgado de Barcelona investiga a la empresa Shirtum Europa S.L.U., que prometía la creación y comercialización de NFTs vinculados a momentos exclusivos de futbolistas de élite mediante la adquisición de la criptomoneda $SHI emitida por la empresa. Sin embargo, los NFTs ofrecidos eran falsos o imposibles de transferir y la criptomoneda nunca tuvo utilidad práctica.
Un total de doce afectados residentes en España han denunciado un fraude que podría superar los tres millones de euros. Los exfutbolistas del Sevilla FC —en concreto, 'Papu' Gómez, Ocampos, Rakitic, Nico Pareja, Alberto Moreno y Saviola— habían prestado su imagen y promocionado públicamente a la empresa. Pero ¿hasta qué llegaría la responsabilidad de estos jugadores en la estafa?
El dolo, determinante para determinar la autoría del delito
"La responsabilidad penal va sujeta a la existencia de dolo, es decir, la voluntad deliberada y consciente de cometer un delito", resume el abogado Ángel Seisdedos, del despacho Leggado, en conversación con Diario de Sevilla. Por tanto, los exfutbolistas solamente podrían ser condenados por un delito de estafa si se demuestra que estaban promocionando los NFTs a sabiendas de su ilicitud.
En este sentido, cabe recordar que la empresa presenta a los deportistas como "fundadores" en un documento técnico y que, en particular, 'Papu' Gómez habría tenido un papel destacado debido a su amistad con uno de los promotores, el empresario argentino David Rozencwaig. Además, la denuncia recoge que los futbolistas eliminaron de sus redes sociales todo rastro de su vinculación con el proyecto. "Si han actuado de buena fe, ellos también podrían ser víctimas de la estafa si han perdido dinero", matiza el letrado.
En caso de que exista dolo y, pese a no ser los autores principales, los exfutbolistas serían responsables penalmente. "En un delito de estafa, la figura del cooperador necesario sería alguien que participa activamente en el engaño y obtiene o no un beneficio de su difusión", explica Seisdedos. No obstante, existen una serie de circunstancias atenuantes como "la reparación del daño causado, unas disculpas públicas o la colaboración de la justicia" que contribuirían a reducir la pena.
La participación imprudente obliga a resarcir a las víctimas por la vía civil
Por otro lado, se puede dar la figura del cooperador imprudente, quien actuando de buena fe "demuestra una falta grave de diligencia". Aunque este autor obtuviera un beneficio por promover la estafa, su responsabilidad estaría limitada a la vía civil. "La responsabilidad civil subsidiaria o solidaria se puede exigir a quien con su participación imprudente contribuye al daño. En este caso, es mucho más fácil acceder al patrimonio de los futbolistas que al de este tipo de empresas que tiende a desaparecer", indica el abogado.
La investigación apunta a que los promotores de Shirtum utilizaron una compleja red de sociedades para ocultar la propiedad real de los activos y eludir responsabilidades, una estructura "diseñada expresamente para facilitar la comisión de delitos", según recoge el escrito de acusación.
"El desconocimiento de la ley no exime de comprobar la legalidad del negocio"
En la actualidad, normas como el Real Decreto 444/2024 han sentado las bases para regular la actividad de los creadores de contenido. Además, el anteproyecto de la nueva ley del derecho de rectificación ampliaría su ámbito de aplicación a los influencers para equipararlos con los medios tradicionales. "Su responsabilidad debe medirse en base a los principios de proporcionalidad y diligencia profesional. No es lo mismo que un chaval con 5.000 seguidores recomienda un producto sin conocerlo que si lo hace Rakitic, con el poder suficiente para que una criptomoneda fluctúe al alza.", ejemplifica Seisdedos.
La jurisprudcencia sobre este tipo de estafas recoge que "el desconocimiento de la ley no exime de la comprobación de la legalidad del negocio". Para ello, este abogado explica que basta con "verificar el CIF de la empresa o comprobar que no existan denuncias previas".
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