El Sevilla logra la cautelar de Lukébakio por la justicia ordinaria

El belga podrá jugar contra el Leganés después de que Competición y el TAD denegaran las alegaciones del gabinete jurídico, que ya tenía prevista la petición de suspensión cautelar al Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo

Claro que es una final

Dodi Lukébakio
Dodi Lukébakio tras ser expulsado en Pamplona. / Villar López (Efe)

La justicia ordinaria ha atendido la solicitud del Sevilla de suspender cautelarmente la sanción a Lukébakio por su expulsión en Pamplona y podrá jugar el domingo contra el Leganés. El Comité de Disciplina de la Real Federación Española de Fútbol había denegado el martes por la tarde las alegaciones del Sevilla imponiendo un partido de sanción al futbolista belga. Pero el club tenía preparados sendas peticiones de suspensión cautelar: al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) y al Juzgado de Instrucción de Madrid. El TAD denegó dicha cautelar pero la justicia ordinaria sí la ha atendido.

Ha sido concretamente el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo el que ha atendido la petición de los juristas que representaban al Sevilla. Y será ese juzgado el que tenga que decidir más adelante si le quita la sanción impuesta por Competición (RFEF) y ratificada por el TAD (Consejo Superior de Deportes) al no atender la petición de suspensión cautelar. Pero de momento la buena nueva es que Lukébakio podrá jugar el domingo en el partido clave contra el Leganés.

El Sevilla envió un pliego de alegaciones que incluía imágenes en las que se veía posible error de apreciación de Cordero Vega según la redacción del acta -justificó la roja por un "codazo en la cabeza" a Catena cuando lo que hay es un empujón con el brazo hacia atrás-. Pero los entes deportivos encargados de la discipina deportiva no le quisieron quitar la razón al colegiado cántabro, quien ni siquiera quiso revisar la jugada a través del VAR, desde donde ratificaron internamente la roja y la amarilla al central del Osasuna.

El Comité de Disciplina había comunicado sus resoluciones del 29 de abril y en el caso de Lukébakio rezaba literalmente: "Un (1) partido de suspensión por producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, con multa/s accesoria/as en aplicación del artículo 52 CD.. (Artículo: 130.1)".

Esta sanción de un partido es la que queda pendiente de ejecución, y de momento está suspendida hasta que no prospere la causa en el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo y por la tanto podrá jugar el domingo como mínimo. Posiblemente la causa se prorrogue durante varios partidos más y es probable que también pueda jugar en Vigo o frente a Las Palmas independientemente de que sea ejecutada finalmente o no la sanción de un partido. Lo lógico es que antes de que concluya la Liga se sepa si Lukébakio debe cumplir o no ese partido de suspensión.

Los servicios jurídicos del club actuaron con mucha celeridad teniendo en cuenta que este jueves es festivo nacional y el viernes lo es además en la Comunidad de Madrid, lo que obligaba a actuar prácticamente a contrarreloj para conseguir la participación del jugador belga este domingo.

Se trata de un éxito del Sevilla. El hecho de que estuviera preparada la demanda de suspensión cautelar para ser presentada en los juzgados de Madrid ha sido clave. Así como que anteriormente ya estuviera preparado la petición de suspensión cautelar, que no prosperó, al TAD. Las peticiones de suspensión cautelar fueron redactadas y presentadas en previsión de esas negativas por Sofía Acuña, letrada del equipo de Alberto Pérez-Solano.

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