El BOE publica el real decreto que cubre gafas y lentillas infantiles
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves el Real Decreto (RD) por el que se regula la concesión de ayudas directas de hasta 100 euros para la financiación de gafas y lentillas a menores de 16 años, inclusiveLa normativa entrará en vigor este viernes y permitirá a las familias españolas acceder a subvenciones para mejorar la salud visual de niños y adolescentes.
El Ministerio de Sanidad justifica esta medida argumentando que los defectos de refracción en la infancia constituyen una problemática relevante con un impacto notable en el desarrollo correcto de la salud visual de los menores. Además de la repercusión sobre la salud, estos defectos afectan al desarrollo, el aprendizaje y la socialización de los niños. ¿Cómo pretende el Gobierno reducir las desigualdades en el acceso a la corrección visual infantil? Las ayudas buscan contribuir a la mejora de la salud visual de la población infantil y juvenil en España, reducir las desigualdades sociales en el acceso a sistemas de ayuda visual y eliminar barreras para que los niños con déficits visuales puedan acceder a medidas de detección temprana y corrección precoz.
La cuantía total de la subvención asciende a 47,7 millones de euros y el plazo de ejecución se establece hasta el ejercicio correspondiente al año 2027. Para el año 2025 se asigna una dotación de un millón de euros, mientras que para 2026 se destinan 46,7 millones de euros. Los pagos correspondientes a operaciones realizadas en diciembre podrán ejecutarse durante el ejercicio de 2027.
Gestión a través del Consejo de Ópticos Optometristas
El Real Decreto designa al Consejo General de Colegios de Ópticos Optometristas como entidad colaboradora para la provisión de los sistemas de ayuda visual. Los beneficiarios, o sus tutores legales, podrán acceder a la subvención a través de entidades adheridas, principalmente ópticas, tras cumplimentar un formulario en el momento de formalizar la compraventa. Las entidades adheridas aplicarán el descuento de forma automática en el momento de la compra y gestionarán el reembolso por los productos dispensados junto con el Consejo General de Ópticos Optometristas.
Productos incluidos en la ayuda
Los productos subvencionables son la montura básica de gafas con lentes graduadas orgánicas con antirreflejante, las lentes graduadas orgánicas con antirreflejantes, y las lentes de contacto de material hidrofílico o gas permeable junto con la solución líquida para lentes de contacto necesaria para su mantenimiento, ambas en una cuantía suficiente para su uso durante un periodo de un año.
Condiciones y limitaciones de la subvención
En caso de que el coste total de las gafas o lentillas supere la cuantía máxima de 100 euros que otorga esta ayuda, el beneficiario deberá abonar la diferencia hasta el precio total. Cada beneficiario podrá disponer de esta subvención una sola vez durante el periodo de un año, es decir, cada 365 días. Además, la compraventa de los productos deberá formalizarse de forma física en el establecimiento de la entidad adherida, por lo que no resulta posible la compraventa a distancia. En ningún caso serán subvencionables los gastos de los servicios ópticos u optométricos derivados de la adquisición de los sistemas de ayuda visual, tales como la graduación o el consejo personalizado.
La compra de gafas o lentillas deberá formalizarse en el periodo comprendido entre la fecha de publicación de este Real Decreto y el 31 de diciembre de 2026, o en su caso, hasta que se agote el presupuesto disponible si esta fecha es anterior. Las ayudas se abonarán con cargo al presupuesto de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia.
También te puede interesar