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Coronavirus

La Justicia rechaza reabrir el ocio nocturno en Cataluña por el riesgo de brotes

  • EL TSJC argumenta que la patronal del sector no ha aportado ninguna prueba de que las medidas de control de acceso a recintos cerrados tengan la misma "eficacia" que su cierre

  • El Govern catalán celebra el aval de la Justicia y espera abrirlo pronto

Protesta del sector del ocio nocturno en Barcelona.

Protesta del sector del ocio nocturno en Barcelona. / Quique García, EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado reabrir el ocio nocturno en Cataluña porque la patronal del sector no ha aportado ninguna prueba de que las medidas de control de acceso a recintos cerrados tengan la misma "eficacia" que su cierre para contener brotes de coronavirus.

Así lo ha acordado la sección tercera de la sala contenciosa administrativa del Alto Tribunal catalán en un auto en el que rechaza el recurso de la Federación Catalana de Actividades de Restauración y Musicales (Fecasarm) y avala las medidas acordadas por la Generalitat, que se prorrogaron el pasado 19 de agosto, para mantener cerrado al público el espacio interior de los locales de ocio nocturno y limitar el horario de la restauración hasta las 00:30.

El TSJC afea a la Fecasarm que pretenda suspender estas restricciones contra el coronavirus y sustituirlas por otras medidas sin aportar pruebas del perjuicio económico que causan al sector, y concluye que no se ha acreditado una "eficacia similar" para el control de la pandemia y contener brotes epidémicos entre la restricción de la actividad en espacios cerrados de ocio nocturno y su apertura con control de acceso, como planteó la patronal.

Fecasarm pidió al TSJC que suspendiera cautelarmente las restricciones de la Generalitat y que se permitiera que las actividades recreativas musicales al aire libre pudieran abrir por lo menos hasta las 03:30, con más de 30 minutos para su desalojo, la restauración hasta la una de la madrugada -con media hora de margen- y reabrir las discotecas en espacios cerrados para personas que hayan superado un test las 24 o 48 horas previas, con pauta completa de vacunación o que hayan pasado la enfermedad entre los tres y seis meses previos.

Sobre los espacios cerrados en discotecas, la sala insiste en que no es posible acceder a la medida que plantea la Fecasarm porque, entre otros motivos, la patronal no ha aportado ningún informe pericial que avale sus pretensiones y sirva para "desacreditar" los argumentos esgrimidos por la Agencia de Salud Pública de Cataluña.

Por este motivo, considera que no se puede considerar acreditada una "eficacia similar de control de la pandemia" entre la restricción de la actividad en espacios cerrados y su apertura con las medidas que plantea Fecasarm, ya que además no se han demostrado con informes los resultados de las pruebas piloto que se han hecho hasta el momento.

Uno de los argumentos que esgrimió Fecasarm en su recurso fue que las medidas de la Generalitat causan "graves perjuicios económicos" para el sector, que ya lleva más de 17 meses con restricciones de actividad por la pandemia.

"Como sorprendentemente se ha convertido en práctica habitual en los recursos contra las medidas de salud pública para la contención de la Covid-19, la actora (Fecasarm) pretende suspender las medidas adoptadas por la autoridad sanitaria para contener el brote pandémico y/o sustituirlas por otras sin aportar ninguna prueba sobre la realidad y entidad de los perjuicios que alega, cuya invocación genérica no es suficiente para acceder a la suspensión cautelar", resalta la sala.

En este sentido, subraya que "el derecho a la vida, primer y principal derecho de las personas, base y presupuesto inexcusable de cualquier otro, así como el concurrente derecho a la protección de la salud, se han visto gravemente afectados durante la pandemia, y seguían estándolo" cuando la Generalitat pidió prorrogar estas restricciones, el pasado 17 de agosto.

Además, resalta que la decisión del TSJC de no avalar que la Generalitat mantuviese de forma generalizada el toque de queda entre la una y las seis de la madrugada, uno de los argumentos que invocó Fecasarm en su recurso, "no puede extenderse" a las restricciones horarias y en espacios cerrados de restauración y ocio nocturno "por la falta de similitud del contenido y el alcance de esas medidas y de afectación de derechos por unas y otras".

"Las restricciones de la libertad de circulación para contener la pandemia no se adoptaron y autorizaron sino hasta alcanzar una incidencia acumulada a siete días por encima de los 600 casos por 100.000 habitantes, como medida necesaria para evitar el colapso del sistema sanitario, y recuperar su funcionalidad", apunta la sala, aunque luego el TSJC acordó rebajar la tasa de incidencia hasta 250 casos.

Sin embargo, en relación con las restricciones a las actividades de restauración y recreativas musicales, el TSJC recuerda que ya se adoptaron de inicio con tasas de incidencia acumulada a 14 días de 156 casos por cada 100.000 habitantes.

El Govern catalán celebra el aval del TSJC sobre el ocio nocturno y espera abrirlo pronto

El Govern de Cataluña ha celebrado este jueves que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) haya aceptado sus alegaciones para mantener cerrado el ocio nocturno en Cataluña y espera que se pueda abrir "lo antes posible, a medio plazo".

En declaraciones a los medios en la Conselleria de Interior, la secretaria general de la Conselleria de Salud, Meritxell Masó, ha recordado que los datos van a mejor, pero "a estas alturas todavía hay 350 personas en la UCI, la quinta ola no ha desaparecido". Ha sostenido que con esta situación epidemiológica "no es conveniente abrir el ocio nocturno", y ha justificado la decisión del TSJC alegando que en la última reapertura hubo 59 rebrotes con 934 personas contagiadas.

"Es un sector muy perjudicado, somos conscientes del malestar del sector, lleva 18 meses cerrado, trabajamos día a día con el sector las decisiones de las resoluciones de la pandemia que son semanales, y cada semana se adapta la reapertura basándose en los datos epidemiológicos", ha añadido.

Por su parte, el secretario general de la Conselleria de Interior, Oriol Amorós, ha añadido que seguirán reforzando la colaboración con policías locales para prevenir y trabajar con el objetivo de evitar aglomeraciones de personas "siempre que no se cumplan las medidas de seguridad". Ha recordado que desde el fin del toque de queda en Cataluña, se ha incrementado la vigilancia con 100 dotaciones de los Mossos d'Esquadra y un 25% durante las noches desde 2019.

Respecto a las fiestas mayores de Cataluña, Amorós ha señalado que la colaboración con los ayuntamientos "es buena" y que trabajan con el objetivo de evitar las aglomeraciones. Ha asegurado que las próximas fiestas mayores, como La Mercè en Barcelona o las de Sabadell (Barcelona), "se tienen que hacer y celebrar, pero en condiciones", siempre siguiendo las medidas de seguridad para evitar la propagación del virus.

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