Los guardias civiles podrán llevar tatuajes visibles con uniforme
Real decreto
Estarán permitidos siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales o que atenten contra la disciplina o la imagen del cuerpo
Están prohibidos en general los 'piercings' no destinados al uso de pendientes
Madrid/El Gobierno ha aprobado este lunes un real decreto para regular el uso del uniforme en la Guardia Civil que autoriza por vez primera a los agentes a llevar tatuajes visibles, siempre que no contengan expresiones contrarias a los valores constitucionales o que atenten contra la disciplina o la imagen del cuerpo.
El texto, que ha recibido la luz verde del Consejo de Ministros, prohíbe en general los piercings -argollas, espigas, inserciones y similares- que no estén destinados al uso de pendientes cuando sean visibles al vestir uniforme, tanto en el caso de hombres como de mujeres.
El real decreto se aplicará al personal del cuerpo, al alumnado, a los retirados y también a personas ajenas a la Guardia Civil a las que se les autorice "de forma expresa y excepcionalmente" a hacer uso del uniforme o de réplicas del mismo para representaciones u otras actividades de carácter cultural o social.
Según explica la Dirección General de la Guardia Civil en un comunicado, se podrá aplicar ya a los procesos selectivos 2021/2022 para el ingreso en el cuerpo.
Regulación del uso del uniforme
El real decreto regula también los casos en los que los guardias no podrán hacer uso del uniforme, con una referencia especial a su empleo en redes sociales, medios de comunicación o actos publicitarios para los que no se cuente con autorización expresa.
Se prohíbe asimismo con carácter general a todas las personas ajenas al cuerpo no autorizadas a hacer uso "público e indebido" en cualquier medio del uniforme, sus insignias, emblemas y condecoraciones oficiales, incluso de réplicas, accesorios o complementos "que puedan generar engaño acerca de la condición de quien los use".
Con este real decreto, que será desarrollado en una orden ministerial posterior, queda prohibida la donación o la compraventa entre particulares o fuera de los establecimientos comerciales autorizados de cualquier parte del uniforme o de sus accesorios.
Los establecimientos autorizados para comercializarlos deberán solicitar al comprador el documento que acredite su condición de miembro del cuerpo y, si se trata de una compra a distancia y no pude comprobarlo, enviarán el material adquirido a una dependencia oficial de la Guardia Civil.
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