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Torrijos es imputado por coacciones a un empleado de Sevilla Global
Torrijos es imputado por coacciones a un empleado de Sevilla Global
Se trata de la segunda imputación que recibe el candidato de IU en menos de una semana · El trabajador fue despedido por negarse a cumplir una "consigna política".
Jorge Muñoz / Sevilla | Actualizado 12.04.2011 - 07:11El juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla notificó ayer al primer teniente de alcalde y candidato de IU en las elecciones municipales, Antonio Rodrigo Torrijos, su imputación por supuestas coacciones y delito contra la integridad moral en relación con el despido del responsable de administración y control de Sevilla Global. Torrijos, acompañado del delegado de Empleo, Carlos Vázquez, compareció a primera hora de ayer en el juzgado de Instrucción 13 de Sevilla, donde le fue notificado personalmente que debe personarse con procurador y abogado para responder de la denuncia que, en su día, presentó la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y en la que se atribuyan las supuestas coacciones contra el trabajador de Sevilla Global.
El grupo de concejales de IU-CA en el Ayuntamiento de Sevilla negó, no obstante, que se le haya comunicado imputación alguna, ya que, según explicaron en un comunicado, ambos "habían sido citados a raíz de una denuncia interpuesta contra ellos y de cuyo contenido no se les ha informado", siendo "instruidos" ambos "en sus derechos" pero sin que "se les haya comunicado la imputación de ningún hecho o delito", según IU-CA.
Los hechos tienen su origen en la sentencia de la Sala de lo Social del TSJA que, en diciembre de 2010, confirmó a su vez otra resolución del juzgado de lo Social número 8, que declaró nulo y ordenó la readmisión de Alberto Martínez Alfaro como responsable de administración y control de Sevilla Global.
En esta sentencia se declaró probado que el 3 de septiembre de 2009 Antonio Rodrigo Torrijos y Carlos Vázquez pidieron al entonces gerente de Sevilla Global, José Ramírez, que dimitiera y ante su negativa manifestaron que los trabajadores que siguieran sus instrucciones "se atuvieran a las consecuencias". A la reunión se incorporó el responsable de administración de la empresa, a quien instaron a desobedecer al gerente.
El trabajador fue despedido el 22 de septiembre de 2009 junto a otros dos empleados y todos fueron sustituidos por tres trabajadores que estaban afiliados a IU. La sentencia concluye que el trabajador sufrió un "panorama discriminatorio" tras recibir una "consigna política" para que desobedeciera a su jefe, el gerente de Sevilla Global, y eso fue el "detonante de su fulminante despido".
Los magistrados del Alto Tribunal argumentan que el trabajador acreditó ese "panorama" de vulneración de sus derechos fundamentales, y concluye que los hechos "son bien simples: se le despide -junto a dos compañeros- al no acatar una consigna política, laboralmente ilegítima [al provenir de dos políticos a la empresa] e ilícita, y así poder ser sustituido por una persona políticamente afín, para que las cumpla, suponemos que en 'obediencia debida' como una empresa municipal, oficina de colocación de los afines".
Los magistrados insisten que ese despido se produjo varios días después de que Torrijos y Vázquez advirtieran a los trabajadores con que si no lo cumplían "se atuvieran a las consecuencias", y recuerdan que la celebración de un contrato de trabajo no priva al empleado de los derechos que la Constitución le reconoce como ciudadano, entre ellos, "el derecho a difundir sus pensamientos, ideas y opiniones".
El fallo concluye que el despido se produjo por la "discriminación por razón de opinión", al expresar su negativa a cumplir con aquella instrucción política, y por vulneración de su libertad ideológica, cuya reacción empresarial "a modo ejemplarizante para el resto de personal, derivó en el fulminante y simultáneo despido de él y otros dos rebeldes, para sustituirlos por quienes son seguidores o políticamente afines a IU".
El grupo de concejales de IU-CA en el Ayuntamiento de Sevilla negó, no obstante, que se le haya comunicado imputación alguna, ya que, según explicaron en un comunicado, ambos "habían sido citados a raíz de una denuncia interpuesta contra ellos y de cuyo contenido no se les ha informado", siendo "instruidos" ambos "en sus derechos" pero sin que "se les haya comunicado la imputación de ningún hecho o delito", según IU-CA.
Los hechos tienen su origen en la sentencia de la Sala de lo Social del TSJA que, en diciembre de 2010, confirmó a su vez otra resolución del juzgado de lo Social número 8, que declaró nulo y ordenó la readmisión de Alberto Martínez Alfaro como responsable de administración y control de Sevilla Global.
En esta sentencia se declaró probado que el 3 de septiembre de 2009 Antonio Rodrigo Torrijos y Carlos Vázquez pidieron al entonces gerente de Sevilla Global, José Ramírez, que dimitiera y ante su negativa manifestaron que los trabajadores que siguieran sus instrucciones "se atuvieran a las consecuencias". A la reunión se incorporó el responsable de administración de la empresa, a quien instaron a desobedecer al gerente.
El trabajador fue despedido el 22 de septiembre de 2009 junto a otros dos empleados y todos fueron sustituidos por tres trabajadores que estaban afiliados a IU. La sentencia concluye que el trabajador sufrió un "panorama discriminatorio" tras recibir una "consigna política" para que desobedeciera a su jefe, el gerente de Sevilla Global, y eso fue el "detonante de su fulminante despido".
Los magistrados del Alto Tribunal argumentan que el trabajador acreditó ese "panorama" de vulneración de sus derechos fundamentales, y concluye que los hechos "son bien simples: se le despide -junto a dos compañeros- al no acatar una consigna política, laboralmente ilegítima [al provenir de dos políticos a la empresa] e ilícita, y así poder ser sustituido por una persona políticamente afín, para que las cumpla, suponemos que en 'obediencia debida' como una empresa municipal, oficina de colocación de los afines".
Los magistrados insisten que ese despido se produjo varios días después de que Torrijos y Vázquez advirtieran a los trabajadores con que si no lo cumplían "se atuvieran a las consecuencias", y recuerdan que la celebración de un contrato de trabajo no priva al empleado de los derechos que la Constitución le reconoce como ciudadano, entre ellos, "el derecho a difundir sus pensamientos, ideas y opiniones".
El fallo concluye que el despido se produjo por la "discriminación por razón de opinión", al expresar su negativa a cumplir con aquella instrucción política, y por vulneración de su libertad ideológica, cuya reacción empresarial "a modo ejemplarizante para el resto de personal, derivó en el fulminante y simultáneo despido de él y otros dos rebeldes, para sustituirlos por quienes son seguidores o políticamente afines a IU".
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Pertenezco al movimiento ciudadano malestar. org. Somos personas como cualquiera de vosotros hartos de toda la situación política, economica y bancaria de este país. Somos un grupo apolítico con el objetivo de que dejando de lado nuestras ideas personales, aglutinar a ciudadanos de todas las ideologías. Aquí en Sevilla nos concentramos en Plaza nueva a las 20:00, tenemos grupo en facebook.
No pasa nada, ESTO ES ESPAÑA !!!. que siga hombre que siga, si dimite que clase de político será HONRADO !!! eso no puede ser, siga usted en la candidatura Sr. Torrijos como todos los del PP y PSOE que están imputados y también se presenta en otras ciudades. . . y después nos quejamos de los gobiernos de otros países. .
Estoy totalmente de acuerdo en que Torrijos no debe dimitir. Sería un atentado contra la ética y la moral. A Torrijos deben ECHARLO.