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Andalucía

Whatsapp se inunda con un falso justificante para no llevar a los niños al colegio en Andalucía

Entrada de los alumnos al colegio tras las vacaciones de verano.

Entrada de los alumnos al colegio tras las vacaciones de verano. / D. S.

La vuelta al cole ya ha llegado prácticamente y la incertidumbre sigue siendo la tónica general, sobre todo cuando el gobierno central y las comunidades autónomas aún no han comunicado las medidas de seguridad y las pautas a seguir por los centros escolares y el alumnado en este regreso a las aulas.

Además, las cifras de contagio continúan al alza y cada día se superan los números del día anterior en cuanto a casos positivos se refiere.

Con esta perspectiva, son muchos los padres de niños en edad escolar que no tiene claro aún qué hacer. Desde la Junta de Andalucía ya han comunicado la obligatoriedad de acudir a las aulas de los escolares mayores de seis años. Al menos, siempre y cuando no haya una justificación.

Por este motivo, las redes sociales han viralizado un documento para los padres que, supuestamente, eximiría de la obligatoriedad. Este escrito ha corrido como la pólvora a través de los grupos de WhatsApp de los padres andaluces.

Documento falso que circula por las redes sociales. Documento falso que circula por las redes sociales.

Documento falso que circula por las redes sociales.

Y precisamente ha sido la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía la que  se ha mostrado más firme a la hora de confirmar el regreso a las aulas en septiembre.

Tanto es así, que mantiene que la vuelta al colegio de casi dos millones de alumnos y 150.000 profesionales se haga en las fechas previstas y de forma presencial, una decisión que es "irrenunciable", según ha asegurado el consejero Javier Imbroda en una entrevista con Efe.  

Sanciones por no llevar a los niños al colegio

Sin embargo, desde los estamentos oficiales lo tienen claro. Es un documento falso que no exime de ninguna de las obligaciones de escolaridad. 

La dirección de los colegios junto a la Inspección de Educación han comunicado que el miedo no justifica las ausencias, por lo que tomarán las medidas correspondientes al absentismo escolar, en el caso de faltas reiteradas.

Y para ello, se refieren a la legislación española, donde se establece que la educación en España es obligatoria desde los 6 hasta los 16 años y los padres o tutores del menor están obligados a velar por su cumplimiento. Así, aquellos que decidan no llevar a sus hijos al colegio podrían ser denunciados por un delito prescrito en el Código Penal con penas de prisión de 3 a 6 meses o una multa. 

Lo dice el Código Penal, en su artículo, 226: "el que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses”.

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