Anulan la ruptura de las relaciones con los centros de Israel que aprobó la Universidad de Granada
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el acuerdo por el que la Universidad de Granada (UGR) aprobó romper sus relaciones con las universidades y las instituciones israelíes y ha atendido a las alegaciones para paralizar esa ruptura por considerar que es anticonstitucional.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, fechada el martes y a la que ha tenido acceso Efe, ha estimado el recurso interpuesto por la asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM) contra el fallo dictado en marzo de este año por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Granada.
Ese fallo avalaba el acuerdo aprobado el 17 de mayo de 2024 por el Consejo de Gobierno de la UGR, un texto formado por seis puntos que incluían suspender la colaboración científico-técnica y de movilidad con universidades e instituciones israelíes.
La ACOM presentó el recurso para frenar ese acuerdo al entender que tres de sus puntos podrían generar "daños de imposible o difícil reparación" y solicitó que quedara sin efecto la parte del acuerdo que suspende la movilidad entrante y saliente de estudiantes, personal docente e investigador, y personal técnico o de servicios.
Pese a la posición del Contencioso 3, el fallo del TSJA ha anulado el acuerdo aprobado por la Universidad de Granada al entender que es libre para celebrar o no acuerdos, convenios o proyectos de investigación, pero que el texto impugnado vulnera artículos constitucionales.
El fallo considera que la suspensión vulnera los derechos fundamentales a la dignidad y a la igualdad y no discriminación y limita el alcance de la autonomía universitaria, que debe ejercerse sin afectar a terceros.
Según el alto tribunal, lo hace al afectar a personas jurídicas, estudiantes, personal docente e investigador, personal técnico, de gestión, administración y servicios procedentes o con destino en universidades israelíes, así como de entidades que desarrollan su actividad exclusivamente en el ámbito académico.
"Y ello con independencia del número de personas afectadas y de su nacionalidad, y sin motivar por qué ese concreto colectivo ha de ser destinatario de la medida limitativa", apunta la sentencia.
La Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (Apdha) y la Red Universitaria por Palestina, que participaron como codemandadas defendiendo la legalidad del acuerdo, han lamentado en un comunicado este "retroceso" y han anunciado que interpondrán un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
La APDHA y la Red Universitaria por Palestina han añadido su "profunda preocupación" por este retroceso jurídico y han alertado de que la sentencia llega en un momento en que la Comisión Internacional Independiente de la ONU ha concluido que Israel está cometiendo genocidio en Gaza, documentando matanzas de civiles, ataques a hospitales, destrucción de infraestructuras esenciales.
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