El decreto de la Junta por las borrascas incluye cambios en las oposiciones a la Función Pública
La reforma se incluye dentro del decreto aprobado para reforzar la Administración tras los temporales y modifica el sistema por el que aspirantes que aprobaron una oposición pueden acceder a plazas que queden vacantes
Junta y sindicatos acuerdan las condiciones para la bolsa especial de funcionarios andaluces
La Junta de Andalucía ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta un decreto ley que introduce modificaciones en la Ley de la Función Pública autonómica. La norma incorpora cambios principalmente en la gestión del personal público para agilizar la respuesta ante situaciones de emergencia derivadas de los temporales que han azotado la comunidad desde principios de año. El decreto no establece un sistema completamente nuevo, sino que ajusta determinadas reglas de la función pública para reforzar servicios esenciales y evitar rotaciones de personal durante momentos críticos.
Sin embargo, se incluye un cambio en una disposición clave para los sindicatos de los funcionarios, que reclamaban una reformulación de las condiciones de la que se conoce como tasa "del 20%". Hasta ahora, un porcentaje de los aspirantes que superaban el examen sin conseguir plaza podían convertirse en funcionarios de carrera si surgía una vacante en los dos años siguientes o hasta la convocatoria de un nuevo proceso selectivo. Las condiciones a las que estaban sujetos, estiman los sindicatos, superaban las de los funcionarios que habían obtenido plaza en la convocatoria ordinaria.
Con la nueva redacción del decreto, quienes accedan mediante estas plazas adicionales tendrán un destino de carácter provisional, y además no podrá participar en concursos de traslado hasta que se cumplan dos años desde la toma de posesión de los aprobados con plaza ordinaria. La legislación anterior no establecía un tiempo mínimo de permanencia para estos funcionarios adicionales, mientras que sí lo hacía para quienes obtuvieron plaza en la convocatoria ordinaria. Tal y como ejemplifican fuentes del Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF), esta situación provocaba anomalías administrativas: "El número 110 de la promoción podría elegir puesto y destino antes que el primero de la promoción". Aunque los sindicatos SAF, CSIF e ISA habían pedido equiparar el plazo a dos años desde la obtención de cada plaza individual, el acuerdo final con la Administración fija el tiempo mínimo en dos años desde la toma de posesión de la convocatoria ordinaria, aunque estos funcionarios "del 20%" hayan tomado posesión más adelante.
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{{authors.0}}Unidades temporales de apoyo en emergencias
Esta modificación se ha incorporado al mismo decreto ley junto con cambios en las condiciones que regulan la incorporación de unidades temporales de apoyo. El objetivo es incorporar efectivos de la Administración de forma más ágil en situaciones de emergencia, como respuesta a las necesidades generadas por la afección de las borrascas en Andalucía. El SAF afirma "estar de acuerdo con la rectificación que han hecho ahora", pero considera que es "mezclar churras con merinas, y hacer ver que esto [la modificación de las condiciones de la cuota del 20%] tiene algo que ver con las borrascas llama mucho la atención".
Los efectivos de apoyo tendrán carácter temporal, lo que no supondría una ventaja respecto al cuerpo de funcionarios, y tienen una duración máxima tres años, con opción de prórroga si lo exige la necesidad y con informe justificado.
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