Consumo

Así puedes reclamar las cláusulas abusivas de Ryanair a través de la OCU

El Tribunal Supremo declara nulas hasta 11 cláusulas de la compañía Ryanair

El Tribunal Supremo declara nulas hasta 11 cláusulas de la compañía Ryanair / Reuteurs

La Organización de Consumidores y Usuarios, OCU, ha obtenido, después de una batalla judicial que comenzó en el año 2011, la sentencia por parte del Tribunal Supremo que elimina las cláusulas abusivas de la compañía aérea Ryanair. Dicha sentencia fue dictada el pasado 20 de julio, tal y como ha informado la organización.

Muchos afectados por los daños y perjuicios, derivados de estas cláusulas abusivas de la empresa aérea Ryanair, pueden ahora recibir asistencia por parte de la propia OCU. Tras 10 años de litigios, la organización ha conseguido poner fin a estas prácticas abusivas y los damnificados pueden reclamar su dinero a través de la propia OCU.

Cómo reclamar a Ryanair 

La sentencia del Tribunal Supremo tumba hasta once cláusulas consideradas abusivas de la compañía Ryanair, por lo cual deberá retirarlas de todos sus contratos y su aplicación ya no podrá realizarse. De igual manera, la sentencia contempla que será la propia empresa de transporte aéreo la que deba abonar los costes derivados de estos recursos.

Para todas aquellas personas afectadas, OCU ha habilitado en su página web un espacio para todas estas reclamaciones. Para todos aquellos viajeros que reclamen una cantidad inferior a 2.000 euros, OCU dispone de un modelo de demanda que no implica la reclamación judicial, por lo que no supone coste alguno. Por el contrario, para los que que soliciten una cantidad superior a los 2.000 euros, la organización cuenta con la supervisión de abogados especializados en la material, lo cual supone un coste adicional pero cuentan con honorarios asequibles dentro del mercado.

Las once cláusulas nulas y abusivas de Ryanair

  • Cuando existe un problema con la compañía será nulo el sometimiento a la ley irlandesa. La empresa no podrá seguir exigiendo a sus viajeros que sus demandas se encuentren dentro de la legislación irlandesa.
  • Transportar el equipaje en otro avión distinto o más tardío, sin explicar una medida que debería muy excepcional.
  • Inspeccionar el equipaje sin las fuerzas y cuerpos de seguridad, ya que viola el derecho a la intimidad del pasajero.
  • Cobrar un recargo por almacenar el equipaje o deshacerse de él en el trascurso de tres meses.
  • Rechazar a un pasajero cuya identificación consista en el carnet de conducir o libro de familia. Este caso era especialmente generalizado en familias con niños a los que se les denegaba el embarque.
  • Subir el precio del billete comprado a causa de la subida de los impuestos y tasas.
  • Las condiciones para pasajeros invidentes o de asistencia especial. Esta cláusula ha sido declarada nula por una total falta de transparencia.
  • Exigir el pago con tarjeta y denegar el pago en efectivo en el aeropuerto
  • Cobrar 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque, dado que es una penalización desproporcionada, en muchos casos este importe era superior incluso al importe del propio billete.
  • Rechazar el transporte tanto del pasajero o de su equipaje con comunicación previa.
  • Exonerar de responsabilidad a Ryanair de incumplimiento de horarios, retrasos o desvíos.

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