Estrella Galicia gana una batalla a una empresa charcutera que quería usar el nombre de Estrella de Castilla
Marcas
La empresa, ubicada en Guijuelo, solicitó ante la UE registrar la marca para venta online al por menor y al por mayor
Hijos de Rivera perdió recientemente una contienda legal por el uso de la marca Estrella
El gigante cervecero Hijos de Rivera, propietaria de la marca Estrella Galicia, ha ganado una batalla legal europea. La disputa se inició cuando la empresa Productos Ibéricos Calderón y Ramos, S. L., con sede en la localidad salmantina de Guijuelo, presentó en 2018 una solicitud ante la UE para registrar la marca Estrella de Castilla. Este sello se destinaría a productos de charcutería y los servicios relacionados de venta al por menor, al por mayor y a través de Internet.
Sin embargo, como ha adelantado el medio Confilegal, la empresa Hijos de Rivera se opuso a tal denominación porque registró su propia marca Estrella de Galicia en diciembre de 2013, pensada para cervezas, aguas minerales, diferentes bebidas sin alcohol, gaseosas y otros productos.
El órgano competente, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO, en sus siglas en inglés), estimó la oposición de la cervecera y posteriormente rechazó el recurso de la charcutera. En su fallo, la EUIPO apuntaba que "la marca Estrella Galicia gozaba de renombre en España para la cerveza" y existía riesgo de que la marca charcutera obtuviera una "ventaja desleal" del renombre de Estrella Galicia.
Ante esto, Productos Ibéricos Calderón y Ramos recurrió ante el Tribunal General de la UE, pero ahora el alto tribunal comunitario también ha fallado contra la charcutera.
Como explica Confilegal, la sentencia del Tribunal General llegó el 25 de octubre y en ella recoge la posibilidad de denegar una marca idéntica o similar a una marca anterior si el titular de esta se opone a ello, cuestión independiente de que los productos sean idénticos o similares.
El Tribunal General de la UE también ha valorado varios requisitos necesarios para tomar la decisión que ha adoptado, como que la marca Estrella Galicia goza de elevado renombre en España respecto de la cerveza, que el público de referencia es el público en general y el parecido de los elementos de ambas marcas.
A diferencia de la EUIPO, el Tribunal General ve diferentes en los signos a nivel gráfico, si bien sí hay un grado de similitud medio a nivel fonético y conceptual, por las referencias a una estrella y un topónimo.
Otra sentencia, con "Estrella" como protagonista
La compañía cervecera Hijos de Rivera perdió otra de las batallas legales emprendidas hasta el momento con la marca Estrellacomo protagonista, ya que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha desestimado su pretensión y ha autorizado a un grupo aceitero de Granada el uso de la enseña.
La sentencia confirmaba la resolución emitida por la Oficina Española de Patentes y Marcas y supone el último de una serie de casos que han llegado a sede judicial para dictaminar si el uso de "Estrella" por parte de otras empresas distintas a las cerveceras Hijos de Rivera y Damm se ajusta a la legalidad o no.
El fallo más reciente trataba el recurso presentado por Hijos de Rivera (dueña de Estrella Galicia) contra el grupo granadino Hottos, que comercializa aceite de oliva bajo la denominación Estrella Andaluza.
En ese caso, el tribunal recordaba que para impedir el registro de una enseña debe existir una semejanza fonética, pero también que los servicios y productos implicados pertenezcan a la misma categoría, algo que no ocurre en este caso al tratarse de cerveza y aceite.
Sin embargo, la legislación incluye una excepción para las enseñas calificadas como notorias, para evitar que empresas que nada tienen que ver puedan aprovecharse del prestigio de marcas más conocidas vendiendo otros productos pero asociándose al mismo nombre.
Aunque Estrella Galicia sí es una marca "renombrada", el TSJ incidía en que sólo lo es en el sector de las cervezas, ya que "existen otras enseñas que contienen la denominación Estrella y son notorias en otros ámbitos, como el financiero o los seguros".
"La notoriedad de la que goza la marca Estrella Galicia en el sector de las cervezas no se puede extender al del aceite", concluye la sentencia, en la que se impone además una multa de 1.500 euros a Hijos de Rivera por las costas judiciales.
Dictamen opuesto al de Estrella de Madrid
En el fallo aquel se recordaba otro caso similar resuelto en 2018, cuando el Supremo dio la razón tanto a la cervecera gallega como a la catalana Damm en su enfrentamiento con una tercera compañía que pretendía inscribir la enseña "Cerveza Estrella de Madrid".
En este caso, el tribunal dio la razón a Hijos de Rivera (dueños de marcas como Estrella Especial, Estrella Extra, Estrella Pilsen y Estrella Galicia) y a Damm (Estrella Levante, Estrella Dorada, Estrella del Sur, Estrella Roja) por considerar que sí había riesgo de confusión.
"Las marcas tienen un elemento común, el término Estrella, que se constituye como un elemento distintivo de las mismas para identificar una categoría de cervezas que gozan de una reputación entre los consumidores, por lo que la inclusión de ese mismo término en la marca solicitante evoca las preexistentes", determina la sentencia.
De hecho, añade que acompañar la enseña con "de Madrid" no supone "un elemento diferenciador que disipe todo riesgo de asociación o vinculación con las marcas notorias", ya que Hijos de Rivera y Damm ya comercializan cervezas acompañadas de vocablos "de carácter geográfico u otros".
Más casos
Sin embargo, en enero de 2021 Damm vio cómo el TSJ tumbaba su recurso contra la inscripción de la enseña "La cerveza rubia artesana para la gente de Getafe", en este caso por la semejanza en la parte gráfica, que en su opinión se asemejaban demasiado a los que utiliza para su gama de Estrella.
Concretamente, el grupo catalán protestaba por el uso de una estrella de cinco puntas en la etiqueta del producto, aunque los jueces desecharon su pretensión por no encontrar riesgo de confusión entre los consumidores al tener nombres tan
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