La Ley de Arrendamientos Urbanos aclara: la tasa de basuras debe pagarla el inquilino solo cuando "conste por escrito"

La norma permite que las partes suscriben acuerdos con respecto a los gastos y tributos que no sean susceptibles de individualización

El acuerdo suscrito por el arrendatario debe recoger asimismo el importe anual de los gastos o tributos que habrá de abonar
El acuerdo suscrito por el arrendatario debe recoger asimismo el importe anual de los gastos o tributos que habrá de abonar / Juan Carlos Vázquez

La nueva tasa de gestión de residuos ha llegado este 2025 a gran parte de los municipios españoles de más de 5.000 habitantes. Se trata de un nuevo tributo que, de acuerdo con la Ley 7/2022, debe sufragar la gestión integral de residuos, sin que en ningún caso sea deficitaria o el Ayuntamiento se haga cargo con fondos municipales. La norma, que obedece a una directiva europea, establece la máxima de "quien contamina, paga", pero ¿qué ocurre en el contexto de un contrato de alquiler?

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece en su artículo 20 que, cuando se firma un contrato de alquiler, las partes pueden pactar qué gastos correspondientes a la vivienda arrendada paga el propietario y cuáles quedan a cargo del inquilino. La propia Ley de Residuos recomienda que la tasa sea pagada por el productor de los residuos, es decir, por el inquilino.

Además, otra ley, la de Haciendas Locales, establece que el sujeto pasivo de la tasa es quien resulte beneficiario del servicio de recogida, tratamiento y eliminación de residuos urbanos sólidos, es decir, el ocupante de la vivienda. Por tanto, y aunque esté obligado a abonarla subsidiariamente, el propietario puede repercutir la cuota de la gestión de basuras al inquilino, pero ¿qué requisitos deben cumplirse?

¿Qué gastos paga el propietario y cuáles el inquilino?

Según el artículo 20 de la LAU, "las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario". Esto quiere decir que la tasa de basuras debe pagarla el arrendador, salvo que se acuerde lo contrario.

Para que este acuerdo sea válido, deberá "constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato". En definitivo, el arrendador solo podrá atribuir el pago de la tasa de gestión de residuos urbanos al arrendatario cuando se recoja expresamente en una de las cláusulas del contrato de alquiler y se precise su cuantía a la fecha de la firma.

Esta misma norma puede aplicarse asimismo para los gastos de la comunidad u otros tributos como el IBI. La LAU recoge solamente una excepción en este mismo artículo: "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador". Por otro lado, el inquilino está obligado a pagar los costes de los suministros: "los gastos por servicios con que cuente la finca arrendada que se individualicen mediante aparatos contadores serán en todo caso de cuenta del arrendatario".

¿Cómo se calcula la tasa de gestión de residuos?

La cuantía de la tasa de gestión de residuos varía en función del municipio o la comunidad autónoma. Así, mientras algunos ayuntamientos tienen en cuenta el valor catastral o el consumo del agua para calcularla, otros tienen en cuenta el comportamiento al reciclar e incluyen bonificaciones para colectivos vulnerables. Por ejemplo:

  • Zaragoza: una cuota fija ligada al consumo del agua
  • Córdoba: cuota progresiva de acuerdo con el nivel de renta de la zona
  • Granada: una parte fija según el valor catastral del inmueble y otra variable en función de la densidad de población y la generación de basura arrojada al contenedor de resto
  • Madrid: similar al de Granada, pero incluye un coeficiente de separación que bonifica a los barrios donde más se recicla

Cabe recordar que la propuesta del gobierno municipal de Sevilla consistía en una cuota fija y una variable en base a la cantidad de residuos generados en cada distrito y la cifra de inmuebles e instalaciones dados de alta en cada uno de ellos. Sin embargo, no llegó a votarse en el Pleno por la falta de consenso con la oposición.

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