El Supremo lo confirma: los trabajadores pueden elegir cuándo empieza su permiso de cinco días para el cuidado de un familiar

La Sala de lo Social apoya a los sindicatos en lo referente al artículo 37.3 b del Estatuto de los Trabajadores sobre los permisos retribuidos

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Los permisos retribuidos computan en días laborables
Los permisos retribuidos computan en días laborables

El Tribunal Supremo ha resuelto una de las principales dudas tras la reforma laboral de 2023: los empleados no están obligados a iniciar su permiso de cinco días para el cuidado de un familiar justo cuando ocurre el incidente o enfermedad. Esto significa que pueden elegir el momento más adecuado para hacer uso de su derecho, reconocido en el artículo 37.3 b del Estatuto de los Trabajadores. La Sala de lo Social avala así una decisión que les permite gozar de una organización más flexible y adaptada a las necesidades reales, sin que se convierta en una carga innecesaria.

La sentencia, fechada el 4 de febrero, desestima el recurso presentado por el Grupo RACE contra una resolución previa de la Audiencia Nacional. El Supremo apoya a los sindicatos CSIF (Central Sindical Independiente y de Funcionarios), CC.OO. (Confederación Sindical de Comisiones Obreras) y UGT (Unión General de Trabajadores), que ya habían ganado el caso en la instancia anterior. El conflicto surgió por una instrucción de la empresa que obligaba a los trabajadores a tomar el permiso de cinco días de manera continuada desde el primer día laborable tras el incidente. No obstante, el alto tribunal ha dictaminado que este enfoque no es válido, al plantear una situación poco realista para las diferentes circunstancias personales.

Permiso de cinco días por el cuidado de un familia: ¿cúando debe empezar?

En concreto, el artículo 37.3 b del Estatuto de los Trabajadores establece que los empleados podrán ausentarse de su puesto de trabajo durante cinco días, con derecho a remuneración, "por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización, que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja de hecho". También se incluye a las personas que convivan con el trabajador y necesiten su cuidado.

Este derecho debe ser ejercido de manera efectiva, previo aviso y justificación, en cualquiera de los supuestos mencionados. Sin embargo, la sentencia del Supremo aclara que los permisos "no pueden administrarse de forma tal que su inicio se vincule necesariamente al evento del que dependen, sin dejar por ello margen para una distribución racional que permita una asistencia planificada y más eficaz de la persona con necesidades en función de las circunstancias concurrentes". Por lo tanto, no se pueden administrar de manera automática ni rígida desde el hecho causante.

El Supremo introduce un enfoque flexible para facilitar el cuidado efectivo

En su argumentación, la Sala de lo Social señala que estas ausencias deben permitir una "distribución racional" para garantizar la mejor asistencia. En otras palabras, si varios familiares trabajan, no tendría sentido que todos utilizasen el permiso desde el primer día, ya que la situación podría requerir cuidados prolongados. Así, la sentencia introduce un enfoque flexible que se ajusta a la verdadera finalidad del derecho: facilitar un cuidado efectivo y adaptado a las circunstancias concretas. No se trata de extender el permiso más allá de los cinco días, sino de ofrecer la posibilidad de distribuirlo de una manera más práctica.

El permiso fue ampliado en 2023, tanto en duración —de dos a cinco días— como en los casos cubiertos. Esta sentencia refuerza la interpretación social y finalista de la norma, dejando claro que las políticas internas de las empresas no pueden limitar un derecho reconocido por la ley. En la práctica, la resolución del Supremo proporciona mayor seguridad jurídica y subraya que el propósito del permiso es garantizar el cuidado real, no simplemente cumplir un requisito administrativo.

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