Trabajo y sindicatos pactan la subida del SMI 2026: ¿cuánto recibirás en tu nómina?
El Gobierno y los sindicatos han firmado un preacuerdo para subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) un 3,1%
Se acabó reducir los pluses en nómina: el Gobierno obligará a las empresas a aplicar la subida del SMI sobre el sueldo base en 2026
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vuelve a subir. El Ministerio de Trabajo y los sindicatos han firmado este jueves un preacuerdo para 2026. De nuevo, las patronales se quedan fuera; mientras la medida planteada beneficia a miles de trabajadores que contarán con un incremento del 3,1% respecto al año pasado y con efecto retroactivo desde el 1 de enero.
Una vez se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la retribución mínima será de 1.221 euros brutos repartidos en 14 pagas; o 1.424 euros, si las pagas extra se prorratean a lo largo de las 12 mensualidades. En cualquier caso, la cifra ascenderá a los 17.094 euros brutos anuales y volverá a estar exenta de tributar por el IRPF. Sin embargo, la realidad de la nómina puede generar dudas: ¿habrá retenciones? ¿Conviene hacer la declaración de la renta? ¿Cuánto dinero se recibirá realmente cada mes?
SMI 2026: del salario bruto al que llega a tu bolsillo
Cada vez que se habla del SMI, se define en bruto. Esto significa que la cantidad fijada no llegará de manera íntegra a la cuenta bancaria de los trabajadores. No obstante, el dato de los 17.094 euros mínimos es el punto de partida para comparar salarios, calcular cotizaciones y determinar si una empresa está cumpliendo realmente con la normativa laboral.
Como ha reiterado el Gobierno en varias ocasiones, y así se mantuvo durante el 2025, los receptores del SMI estarán exentos de tributar por el IRPF. Ahora bien, esto no significa que no deban hacer frente a las cotizaciones de la Seguridad Social. En otras palabras, los asalariados deben pagar cada mes la llamada 'cuota obrera', que se calcula aplicando un porcentaje sobre la base de cotización e incluye conceptos clave como las contingencias comunes, desempleo y formación profesional o el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI).
Actualmente, los conceptos más habituales que se restan del salario bruto en concepto de Seguridad Social son las contingencias comunes (4,70%), el desempleo (1,55% si el contrato es indefinido y 1,60%, si es temporal), el impuesto MEI (0,15%) y, solo si se realizan horas extraordinarias (2% en las de fuerza mayor y 4,70% en las demás).
Esto nos da una cuota general en torno al 6,4% del sueldo bruto. En el caso del SMI, los porcentajes son los mismos que para cualquier otro trabajador, pero se aplican sobre una base más baja. Dependiendo del tipo de contrato y hasta alcanzar la base máxima de cotización, podría verse reflejado en un sueldo neto de 1.144 euros, aproximadamente.
¿Conviene presentar la declaración de la renta?
Otra pregunta de las dudas más extendidas es si, en caso de cobrar el SMI, conviene presentar la declaración de la renta; y la respuesta rápida es sí, tanto para los perceptores del SMI como para los que ingresen menos de 18.276 euros brutos. Aunque el Gobierno plantea que esta cantidad quede exenta de tributar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y, por lo tanto no existe la obligación de presentarla, es recomendable realizar este proceso para que se puedan aplicar las correspondientes deducciones, rebajar la factura fiscal, evitar problemas futuros y regularizar la situación.
Por el momento, Hacienda trabaja en la ampliación de las deducciones para este colectivo y, en la próxima declaración de la renta, será de 340 euros. Esta cantidad se aplicará no solo a los que ingresen el SMI, sino también a aquellos que recibieron menos de 18.276 euros anuales en 2025. Ahora bien, la cuantía varía en función del nivel de ingresos:
- Salario < 16.576 euros: 340 euros
- Salario de 16.576 a 18.276 euros: 340€ menos 0,20€ por cada euro que sobrepase los 16.576€
- Salario > 18.276 euros: 0 euros
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