La Fiscalía pide que no se deje a Junqueras acceder al acta de eurodiputado

La crisis catalana

El Ministerio Público se opone a que el ex vicepresidente catalán salga de prisión el 17 de junio y pueda acceder a su escaño en el Parlamento Europeo

Considera que el objetivo del dirigente independentista es "sortear la suspensión de funciones" como diputado en el Congreso

Imagen tomada de la señal institucional del Tribunal Supremo en la penúltima sesión del juicio del 'procés' celebrada este martes.
Imagen tomada de la señal institucional del Tribunal Supremo en la penúltima sesión del juicio del 'procés' celebrada este martes. / Efe / Señal Del Supremo
EFE

11 de junio 2019 - 13:24

Madrid/La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que no autorice la salida de la cárcel de Oriol Junqueras el próximo 17 de junio para adquirir la condición de eurodiputado porque podría obligar a pedir el suplicatorio al Parlamento Europeo para retirarle la inmunidad y a paralizar el proceso penal contra los líderes independentistas.

En otro escrito, el Ministerio Público acepta que se autorice la salida de prisión del ex conseller Joaquim Forn este sábado para adquirir la condición de concejal en el Ayuntamiento de Barcelona, aunque por su situación "no pueda materialmente ejercer las funciones ni desarrollar las actividades propias del cargo".

No es de la misma opinión en el caso de Junqueras, ya que cree que el objetivo del ex vicepresidente de la Generalitat es "sortear la suspensión de funciones" que ya se ha acordado para él como diputado en el Congreso.

Según la Fiscalía, autorizarle a adquirir la condición de eurodiputado "supondría abrir un escenario en el que podrían producirse interferencias absolutamente irrazonables en el ejercicio de la función jurisdiccional", pues otorgaría al poder legislativo, en el este caso el Parlamento Europeo, una función de "revisión" o "control" sobre el judicial.

La inmunidad parlamentaria se convertiría así en un "privilegio" o "derecho particular" de determinadas personas, explica la Fiscalía, que recuerda además que el juicio oral casi ha concluido y que el dictado de la sentencia "no puede sujetarse a condición alguna".

Exigencia de suplicatorio

"La exigencia de suplicatorio en la fase procesal en la que nos encontramos, y la posibilidad de que fuera necesario acordar la suspensión de este proceso penal, no constituiría un ejercicio razonable y proporcional de las prerrogativas parlamentarias", resume.

Según la argumentación del Ministerio Público, cuando fue elegido diputado no fue necesario solicitar el suplicatorio al Congreso porque ese trámite sólo es exigible en los momentos previos a la inculpación o el procesamiento, pero, de acuerdo con el reglamento interno de la Eurocámara, sí habría que dar ese paso en el Parlamento comunitario para retirarle la inmunidad.

Ello derivaría en la "suspensión y paralización del procedimiento, lo cual generaría una intromisión tan indebida como inadmisible en el ejercicio de la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado que corresponde al Poder Judicial", insiste.

Además, añade, en el caso de Junqueras sería aplicable el artículo 384 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que determina la suspensión automática de los procesados en prisión provisional por el delito de rebelión, pero como el Parlamento Europeo no está obligado a aplicar una norma nacional, la suspensión de sus funciones públicas "no podría ser ejecutada de forma automática".

En el caso de Forn, la Fiscalía ve obvio que una persona en prisión preventiva no podrá ejercer una actividad permanente y continuada, pero considera que sí tiene derecho a adquirir la condición de concejal porque es candidato electo y no está privado por sentencia firme del ejercicio de su cargo.

La defensa descalifica la acusación de rebelión

El abogado Andreu Van den Eynde, que defiende al ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras en el juicio del procés, ha considerado este martes "absurda" la acusación de rebelión para los procesados, ya que, según él, sólo se produjeron "tres casos" de violencia en el 1-O. De "falacia" ha calificado el letrado en su alegato final del juicio la supuesta violencia ejercida por los ciudadanos en la jornada del referéndum ilegal del 1-O. "La única violencia de la que se habla es la que se cuenta con los dedos de la mano", con "tres casos de actuaciones reactivas a una situación tensional concreta de un colegio determinado, efectuado por una persona asilada". En suma, para el abogado, que defiende también al ex conseller Raül Romeva, la escasa violencia que se ejerció en el 1-O fue practicada por "grupúsculos", por lo que a su entender lo que alegan las acusaciones no es más que una "falacia", basada en "coger dos imágenes y montar una categoría". Van den Eynde ha ido más lejos al recordar que, según los testimonios de representantes del entonces Gobierno de Mariano Rajoy escuchados en el juicio, nadie tenía previsión de violencia generalizada y "nadie tenía información de riesgos". "Indignación, la que quieran. Violencia, cero", ha enfatizado el letrado.

stats