¿Qué documentación necesito presentar para no estar en una mesa electoral?

Aunque todos los casos requieren de una documentación que respalde los motivos por los que se pide no ser parte de la mesa, la JEC especifica los documentos que deben entregarse en algunos casos concretos

Estas son las consecuencias legales por no acudir a la mesa electoral

Una urna llena de papeletas en las elecciones municipales de 2019
Una urna llena de papeletas en las elecciones municipales de 2019 / Erasmo Fenoy
B.O.

28 de junio 2023 - 00:00

Estar en una mesa electoral es una obligación para la que hay determinadas exenciones por motivos laborales y personales. Una vez recibida la notificación, las personas que son parte de la mesa tienen siete días para presentar la documentación pertinente y sus motivos a la Junta Electoral de Zona.

¿Qué documentación hay que llevar para cada caso?

Según la norma de la Junta Electoral Central en todos los casos se debe presentar una acreditación en la que "impedimentos alegados debe constar en cualquier medio que tenga la cualidad legal de 'documento'". Aunque todas las peticiones de exención deben contar con un documento, en algunos casos la JEC especifica cuáles deben entregarse, que son los siguientes:

  • Situación de discapacidad: declaración de discapacidad.
  • Situación de incapacidad temporal para el trabajo: baja médica correspondiente.
  • Gestación a partir de los seis meses: certificado médico.
  • Período de descanso maternal subsidiado o no por la Seguridad Social: copia del escrito que lo reconoce.
  • Personas internadas en centros penitenciarios u hospitales psiquiátricos: certificación de los responsables de dichos centros.
  • Situación de riesgo durante los seis primeros seis meses del embarazo y que impidan ejercer las funciones en la mesa electoral: certificado médico que detalle las limitaciones.
  • Lesión, dolencia o enfermedad física o psicológica que impida ejercer las funciones en una mesa electoral: certificado médico que detalle las limitaciones.
  • Ser pensionista de incapacidad permanente total para una profesión y que impida también ejercer las funciones en la mesa electoral: certificado médico que detalle las limitaciones.
  • La previsión de una intervención quirúrgica o pruebas clínicas el día de la votación, los días inmediatamente anteriores o el día posterior que resulten inaplazables: informes o certificaciones de los facultativos y el centro.
  • Pertenecer a una confesión o comunidad religiosa cuyo ideario o régimen de clausura no permitan participar en la mesa electoral: se debe acreditar pertenencia y justificar los motivos y la incompatibilidad.
  • Ser madre en período de lactancia de un bebé menor de 9 meses: copia del libro de familia o certificación del encargado del Registro Civil.
  • Cuidado directo o continuo de menores de 8 años, personas con discapacidad física, psíquica o sensorial o de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad que no pueda valerse por sí mismo: copia reducción de jornada de trabajo prevista para tal finalidad en el artículo 37.6 ET o en la normativa equivalente aplicable a los funcionarios públicos, o bien certificación de las unidades responsables de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma o de la entidad local correspondiente.
  • La coincidencia de un evento familiar del que es protagonista o está relacionado hasta en segundo grado de consanguinidad que no es aplazable o cuyo aplazamiento cause un perjuicio económico importante: acreditar la celebración del evento, que es inaplazable o el daño económico en caso de ser suspendido.
  • Personas que trabajan para las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas y funciones electorales: un informe de los responsables de los respectivos órganos en el que se detallan las dificultades de sustituir al interesado durante la jornada electoral.
  • Personas que trabajan en servicios esenciales como sanitarios, bomberos, entre otros: un informe emitido por el responsable del servicio con los detalles.
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