¿Qué debe hacer el presidente de una mesa electoral?
Deberá personarse en el colegio electoral, junto a los vocales y suplentes, una hora antes de que abra sus puertas para los votantes
Estas son las consecuencias legales por no acudir a la mesa electoral
Como marca la Ley Electoral, el sorteo que se realiza para determinar quiénes compondrán las mesas electorales se lleva a cabo los días 25 y 29 anteriores a la los comicios, y una vez que este se haya celebrado, se notificará a los presidentes, vocales y suplentes en los tres días siguientes.
Por lo tanto, en estos días las personas que tendrán que acudir a las mesas electorales para pasar allí toda la jornada, ya sea como presidente o uno de los dos vocales, están siendo informadas. Además de los suplentes, que deberán personarse en el colegio electoral y realizar las funciones del presidente o vocal, siempre que estos no se presenten. Pero, ¿cuáles son?
Estos son las funciones que debe realizar el presidente de una mesa electoral
Como señala el Manual de instrucciones para las personas que integran las mesas electorales, el presidente deberá personarse en el colegio electoral, junto a los vocales y los suplentes, a las 8 de la mañana, una hora antes de que abra, para comprobar si se dispone de todo el material que se necesita, como las urnas, las cabinas de votación, una cantidad suficiente de papeletas de los partidos, lista de censo, la lista del callejero, la lista de votantes, los certificados de votación y asistencia para las personas que lo soliciten, la plantilla auxiliar, la copia del nombramiento de interventores e interventoras y un juego de tres sobres y sus recibos de entrega.
En el momento en el que esté todo listo, se constituye la mesa con su firma y la de los vocales y, a las 9 horas, se abre el colegio electoral. Cuando una persona vaya a votar, la función del presidente es pedirle su documento de identidad y los sobres. Los vocales son los que comprueban que su nombre está en el censo de esa mesa y señalan que ya ha depositado su voto en las urnas.
La hora límite para ejercer el derecho al voto son las 20:00, aunque el trabajo no acaba ahí. Cuando el reloj marque las 8 de la tarde, el presidente comunicará que el tiempo de votación ha concluido y comenzará el escrutinio. Aunque antes, él meterá en la urna los votos que se han enviado por correo, comprobando la identidad y el registro en el censo, como anteriormente a las personas que introdujeron las papeletas en la urna de manera presencial. Además, este será el momento en el que los componentes de la mesa electoral podrán votar.
La función del presidente en el escrutinio es la de leer en voz alta cada papeleta y enseñarla a los vocales, interventores y apoderados allí presentes. Además, cuando finalice el recuento, deberá informar del resultado de la votación. Luego, se cumplimentará el acta de escrutinio y de sesión y se finalizarán las funciones preparando la documentación electoral, que se firmará y se entregará en presencia de la Guardia Civil o la Policía.
También te puede interesar
Lo último