¿Pueden votar los extranjeros en España?
Las personas extranjeras que regularicen su situación obtendrán la autorización de residencia con una vigencia inicial de un año, pero no la nacionalidad
Inmigrantes regularizados en España: estos son sus derechos y obligaciones
El debate sobre el derecho a voto de los extranjeros vuelve a situarse en el centro de la agenda política y social de España. No es una cuestión nueva, pero cobra especial protagonistmo tras el acuerdo entre PSOE y Podemos para la regularización extraordinaria de más de medio millón de migrantes; un proceso cuya tramitación se inició de urgencia el pasado martes 27 de enero. En este contexto, surge la inevitable pregunta: ¿pueden votar los extranjeros? ¿En qué condiciones?
La legislación española distingue entre distintos tipos de residentes y procesos electorales, lo que da lugar a un escenario complejo y poco conocido. Así, el derecho a voto en estos casos continúa siendo muy limitado, sobre todo en el ámbito general y autonómico. No obstante, existen algunas excepciones en lo referente a las municipales, que dependen de aspectos clave como la residencia legal o los acuerdos de reciprocidad con otros países. A continuación, lo vemos en detalle.
¿Pueden votar los extranjeros en España?
La respuesta a la pregunta inicial es muy sencilla: no, los extranjeros no pueden votar en las elecciones generales o autonómicas, si no tienen la nacionalidad. Así se desprende del artículo 13 de la Constitución Española, que ciñe a los españoles el derecho a participar "en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal". En la misma línea, el artículo 2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) reitera que "el derecho de sufragio universal corresponde a los españoles mayores de edad".
Ahora bien, a raíz del reciente acuerdo entre el Ejecutivo y la formación morada, se han viralizado en redes sociales algunos bulos. "Sánchez sabe que no puede salir a la calle y ahora toca legalizar a todos los que ha importado para que le puedan votar en 2027", afirma un usuario en X. Sin embargo, regularizar no es lo mismo que nacionalizar. La iniciativa promueve que los 500.000 extranjeros puedan obtener a medio plazo permiso de trabajo y residencia, pero no el derecho a voto.
¿Qué excepciones permiten votar a los extranjeros?
Al margen de las elecciones generales o autonómicas, lo cierto es que los extranjeros sí podrían votar excepcionalmente en las municipales. Por ejemplo, este es el caso de los ciudadanos de la Unión Europea, gracias a su condición comunitaria. Si no es así, las personas procedentes de países extracomunitarios, como Colombia, Perú o Marruecos, solo podrán votar si existe un convenio de reciprocidad con su país de origen y si han residido en territorio español durante al menos cinco años.
¿Cómo se obtiene la nacionalidad española?
Por otro lado, la legislación actual contempla la posibilidad de que las personas migrantes obtengan la doble nacionalidad, entre ellas, la española. Los requisitos necesarios para ello, que vienen regulados en los artículos 17 - 28 del Código Civil, son los siguientes:
- Nacionalidad por residencia. La normativa exige que la persona haya vivido en España durante diez años, de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición.
- Nacionalidad por Carta de Naturaleza. No sujeta a las Normas Generales del Procedimiento Administrativo, esta forma de adquisición se otorga por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias excepcionales.
- Nacionalidad para Españoles de Origen. Es el caso de los nacidos de padre o madre españoles o los nacidos en españa cuando sean hijos de extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España.
- Nacionalidad por posesión de Estado. Para las personas que hayan poseído y utilizado esta nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tengan conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español), en base a un Título inscrito en el Registro Civil.
- Nacionalidad por Opción. Es un beneficio que se ofrece, por ejemplo, a las personas que estén o hayan estado sujetas a la Patria Potestad de un español.
En el caso del tiempo de residencia legal, el período de diez años se reduce a cinco para los refugiados y los procedentes de países iberoamericanos, así como de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o de origen sefardí, a dos años.
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