Caso de los ERE

La Audiencia avala el archivo de la causa contra cinco empleados de banca por las ayudas a Dhul

  • El tribunal da la razón a la juez María Núñez Bolaños frente a la postura de la Fiscalía Anticorrupción, que se había opuesto al archivo del caso

La juez María Núñez Bolaños, en su despacho de los juzgados de Sevilla.

La juez María Núñez Bolaños, en su despacho de los juzgados de Sevilla.

La Audiencia de Sevilla ha avalado la decisión de la juez María Núñez Bolaños, que investiga el escándalo de los ERE, de archivar la causa contra cinco empleados de Caja Rural de Granada que figuraban como investigados en la pieza separada por las ayudas a la empresa comercial Dhul.

Bolaños archivó esta pieza en marzo de 2918 al entender que no había quedado justificada la perpetración de los delitos que se les atribuían y ahora, en un auto dictado el 17 de diciembre de 2019, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha rechazado el recurso de apelación directo por la Fiscalía Anticorrupción y de esta forma ha confirmado el archivo de las actuaciones contra los cinco responsables de la entidad bancaria: Mario Montecatine, jefe de seguimiento de Riesgos; María Cruz, jefa de créditos; Dimas Rodríguez, director general de la entidad; Rafaela Ruiz, jefa de Inversión y José Miguel Martos., director de la oficina principal de Granada.

La Audiencia recuerda que los hechos investigados se refieren a la concesión en 2005 de un préstamo por la Caja Rural de Granada a la Comercial Dhul por importe de 1.919.000 euros y un plazo de doce meses para atender necesidades de capital circulante, teniéndose en cuenta a efectos de calibrar la solvencia de la prestataria que la misma tenía otorgada una ayuda por importe de 2,3 millones por el director de Trabajo y Seguridad Social, en aplicación del ERE 1/2012.

Como quiera que una vez ven sido el plazo no se pagaba el préstamo, en el año 2006 se renovó con una ampliación de capital, entregándose en esta ocasión en relación con la solvencia de la prestataria un "certificado" de la Dirección General de Trabajo. Pero como la empresa seguía sin hacer frente al pago del préstamo se terminó como forma de amortizar el préstamo por contratar la Consejería de Empleo un seguro colectivo de rentas de prejubilación en la que, como beneficiarios, se designó a Álvaro Ruiz Mateos como asegurado y a la Caja Rural de Granada como beneficiaria.

La Fiscalía Anticorrupción centraba la supuesta actuación delictiva en "una instrumentación ideada con el fin de conseguir que la referida entidad bancaria consiguiera que se amortizara el préstamo que la mis había concedido a la entidad Comercial Dhul".

Dicen los magistrados que la supuesta participación de los investigado en los hechos hay que "entenderla referida a la supuesta comisión de sendos delitos de prevaricación y malversación referidos a la espuria concesión de las ayudas a la empresa prestataria, una empresa más de la familia Ruiz Mateos", pero para el tribunal ninguno de los escritos de la Fiscalía Anticorrupción describe conductas de los investigados que "permita apreciar sin ningún género de duda su participación en tales hechos".

Así, añade que nada añade de la concreta participación de los empleados en su escrito de alegaciones, "que realmente no refleja más que una actuación por parte de la entidad bancaria para asegurar la devolución del préstamo, pero sin plasmar actuaciones concretas con posibilidad de influir en la toma de decisiones por parte de los posibles autores directos de la prevaricación y la malversación".

De esta forma, concluye el tribunal que estas alegaciones "no son base suficiente para sustentar una acusación razonable de que directivos de la entidad bancaria sostuvieran reuniones con representantes de la Junta, que no consta que superarse el nivel del entonces director general de Trabajo, Javier Guerrero, o se interesaran ante ellos por la suerte de la subvención hasta finalmente firmarse la póliza en cuestión (que no consta que se firmara a instancias o sugerencia de la entidad bancaria cuestionada), tratándose como trataba de una entidad con la que desde muchos años atrás venía relacionándose -al parecer desde 1980- la Junta de Andalucía, que no cuestiona el sobreseimiento provisional, y no siendo la interpretación que sostiene la acusación pública, única recurrente, la única razonable que cabe extraer" de la investigación.

Por todo ello, la Sala desestima el recurso de la Fiscalía Anticorrupción y confirma el archivo que acordado por la juez María Núñez Bolaños, que está de baja laboral desde septiembre pasado.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios