Colapso judicial

El Defensor del Pueblo insta al Colegio de Abogados de Sevilla a responder al letrado que llevó al TC el retraso en los señalamientos

La fachada del Colegio de Abogados de Sevilla, en Chapineros 6.

La fachada del Colegio de Abogados de Sevilla, en Chapineros 6. / JUAN CARLOS MUÑOZ

El pasado mes de diciembre, Daniel Sánchez Bernal acudió a su Colegio de Abogados para solicitar "apoyo institucional" en su lucha contra los señalamientos tardíos que le ha llevado al Tribunal Constitucional. En su escrito reclamaba al decano del Colegio de Abogados de Sevilla que "reconozca y apoye" que los "señalamientos tardíos" resultan "intolerables". "No puede quedarse de brazos cruzados ante este panorama desalentador", indicaba.

Ante el silencio de la Institución Colegial sevillana, el abogado presentó sendas quejas ante el Defensor del Pueblo Español y ante el Andaluz, que han sido admitidas. En su carta, la adjunta primera del Defensor, Teresa Jiménez-Becerril, le informa que iniciarán los trámites ante el Colegio de Abogados de Sevilla para obtener información al respecto. En el mismo sentido se manifiesta el Defensor del Pueblo Andaluz. Ambas instituciones anuncian en la comunicación que recabarán informacion del Colegio de Abogados de Sevilla.

"El Colegio de Abogados tiene la obligación legalmente prevista de resolver y responder a cuántas peticiones y escritos se le formulen por parte de los colegiados. Lo único que pido es que diga si me van a apoyar o no a mi lucha contra los señalamientos tardíos", explica Sánchez Bernal. Además el abogado solicitó una reduccion de su cuota colegial "porque considero que se incumplen los estatutos del Colegio porque hasta la fecha siguen sin pronunciarse ni mostrar su apoyo ante lo considero que es una lucha legítima".

El Tribunal Constitucional admitió a trámite el pasado 10 de mayo el recurso de amparo de Sánchez Bernal por el daño que los señalamientos tardíos hacen a la tutela judicial efectiva. El Tribunal aprecia "que concurre en el mismo una especial trascendencia constitucional". Considera, además, que la doctrina del tribunal sobre el derecho fundamental alegado (la tutela judicial efectiva), "podría estar siendo incumplida de modo general y reiterado por la jurisdiccion ordinaria".

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