Juicio por las mordidas de Fitonovo

Castaño y Gómez Lobo confiesan que Fitonovo pagó comisiones al PSOE

El ex director del área de Vía Pública del Ayuntamiento de Sevilla Domingo Enrique Castaño, uno de los 13 acusados en el juicio por las mordidas pagadas por Fitonovo para hacerse con cuantiosos contratos municipales, ha reconocido este lunes que recibió regalos de la empresa y que pidió a esta empresa 60.000 euros para la "financiación del PSOE", lo que le ha permitido alcanzar un acuerdo con la Fiscalía para rebajar de cuatro años de cárcel a nueve meses su condena por tres delitos de cohecho activo cometido por funcionario público.

Así consta en el pacto que Domingo Enrique Castaño ha suscrito con la Fiscalía de la Audiencia Nacional antes del inicio del juicio que ha comenzado este lunes en la Audiencia Nacional y que, al tratarse de una pena inferior a los dos años de cárcel, permitirá suspender la ejecución de la misma, con lo que eludirá la cárcel.

Domingo Enrique Castaño, en la Sala de la Audiencia Nacional. Domingo Enrique Castaño, en la Sala de la Audiencia Nacional.

Domingo Enrique Castaño, en la Sala de la Audiencia Nacional. / D. S.

Castaño y los otros acusados que se han conformado con los hechos han sido llamados a declarar por el tribunal, donde brevemente han reconocido los hechos y han aceptado el acuerdo. 

La anécdota se ha producido con motivo de la declaración del ex concejal del PSOE Manuel Gómez Lobo, quien ha reconocido el acuerdo y los hechos, pero al mostrar su conformidad ha admitido también que pidió dinero para financiar al PSOE y acto seguido lo ha negado. Gómez Lobo, que ha aceptado una pena de nueve meses de cárcel, ha explicado a preguntas del abogado del PSOE -que está en el proceso como partícipe a título lucrativo del delito- que el 9 de mayo de 2007 recibió la cantidad de 30.000 euros que se abonó al PSOE, afirmando que el dinero "entró" en las arcas del partido, algo que según ha dicho sabe que fue así porque esta cantidad la "entregaron" él y Domingo Enrique Castaño.

El ex concejal del PSOE Manuel Gómez Lobo, durante su comparecencia en la Audiencia Nacional. El ex concejal del PSOE Manuel Gómez Lobo, durante su comparecencia en la Audiencia Nacional.

El ex concejal del PSOE Manuel Gómez Lobo, durante su comparecencia en la Audiencia Nacional. / D. S.

Sin embargo, cuando el abogado del PSOE, Antonio Camacho, le ha preguntado sobre cuál fue la cantidad global que recibió este partido político de la empresa Fitonovo, el ex concejal ha respondido lo siguiente: "Que yo sepa ninguna". El letrado le ha mostrado entonces la contradicción entre esa respuesta y la anterior, a lo que Gómez Lobo ha contestado que tiene "80 años y estos hechos hace 19 años", por lo que "no puede recordar con exactitud todo" lo que le están preguntando. En cualquier caso, el ex concejal zanjó la cuestión afirmando que está de acuerdo "con la exposición que ha hecho su defensa" y con el acuerdo alcanzado.

El acuerdo se ha alcanzado con un total de diez de los 13 acusados, o mismo ocurre con otros nueve acusados, entre ellos el ex concejal del PSOE Manuel Gómez Lobo -que alcanza un acuerdo para reducir igualmente la pena a nueve meses-; el que fuera Jefe de Servicio de Parques y Jardines Francisco Amores Corredano o el jefe obrero o capataz de Parques y Jardines Francisco Luis Huertas Rodríguez, así como el ex dirigente de IU Antonio Miguel Ruiz Carmona, Manuel Pineda, y  Juan José López Collado, quienes han reconocido los hechos por los que están acusados y han visto cómo se reducen las peticiones de cárcel -de tres y cuatro años- a penas de seis y nueve meses, e incluso a algunos se le ha bajado a dos meses y siete días de prisión -que se sustituyen por multa- en el caso de Alfonso Lozano Pastrana y Juan Antonio Salas Romero, y a otro de los acusados, un comercial de Fitonovo, José Gutiérrez Alonso, será absuelto en la sentencia por la prescripción de los delitos que se le imputan.

El juicio seguirá sólo contra tres acusados

Tras el acuerdo alcanzado con diez de los 13 acusados, el juicio por las mordidas en el Ayuntamiento de Sevilla seguirá sólo contra tres acusados: los ex concejales de IU Antonio Rodrigo Torrijos y José Manuel García, y el ex director de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla Joaquín Peña (PP).

La Fiscalía de la Audiencia Nacional reclama una condena de cuatro años y el pago de una multa de 6.000 euros para Antonio Rodrigo Torrijos y para el ex concejal de la misma formación José Manuel García, en relación con las mordidas de 155.000 euros pagadas supuestamente por Fitonovo para “financiar” este partido. En su escrito de conclusiones provisionales, el Ministerio Público reclama además penas de cinco años y medio de cárcel y multa de 10.200 euros para el ex director general de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla Joaquín Peña (PP), al que atribuye además de un delito de cohecho otro de tráfico de influencias.

Una imagen del juicio que se celebra en la Audiencia Nacional por las mordidas de Fitonovo. Una imagen del juicio que se celebra en la Audiencia Nacional por las mordidas de Fitonovo.

Una imagen del juicio que se celebra en la Audiencia Nacional por las mordidas de Fitonovo. / D. S.

El acuerdo de Domingo Enrique Castaño

En el caso de Domingo Enrique Castaño, la pena se fija en nueve meses de prisión y el pago de una multa de 1.800 euros. En el nuevo escrito de calificación conjunta de los hechos suscrito de conformidad con el Ministerio Público, al que ha tenido acceso este periódico, se recoge que la intervención del ex director de Vía Pública fue "decisiva" para la adjudicación del contrato de mantenimiento de Vía Pública que logró Fitonovo, y también se favoreció el concurso sobre el riego del parque de María Luisa por importe de 500.000 euros.

A cambio, Castaño recibió diversos regalos de Fitonovo, como un vehículo Honda CRV, siete teléfonos móviles por un importe total de 2.804,43 euros, e incluso le fue abonada por la empresa una factura por importe de 5.753,6 euros por unas obras en un chalet de su propiedad en Las Pajanosas.

Pagos al PSOE entre 2006 y 2009

En el acuerdo se recoge igualmente que en una ocasión Domingo Enrique Castaño pidió al dueño de Fitonovo 60.000 euros para la "financiación del PSOE", pero esta cantidad "después de negociar" se redujo a 30.000 euros, dinero que fue entregado en las oficinas de Finotovo en fecha 9 de mayo de 2007. "Pagos con el mismo objeto al Partido Socialista se sucedieron entre 2006 y 2009 en diferentes cantidades que oscilaban entre 30.000 y 60.000 euros, con la denominación en la Caja B de Fitonovo de 'Langostinos Maera', aludiendo a una reunión de periodicidad mensual que habían en dicho establecimiento" a la que acudía el ex concejal socialista Manuel Gómez Lobo -también acusado- y el dueño de Fitonovo, recoge el escrito.

La empresa también realizó obras de acondicionamiento del local del PSOE de la Agrupación Macarena a la que pertenecía Castaño, si bien las mismas, a petición suya, se facturaron a nombre de una empresa dedicada a la "desratización" -que por consiguiente no realizaba obra alguna- llamada Klevin.

En el caso del que fuera jefe de servicios de Parques y Jardines Francisco Amores Corredano, que ha visto cómo se reduce de cuatro años de cárcel a nueve meses su condena fruto de la conformidad alcanzada, el nuevo escrito de calificación destaca que Finotovo le pagaba una retribución mensual de entre 300 y 600 euros, y también le compró un ordenador portátil. Estos pagos se mantuvieron entre los años 2003 y 2012, y entre octubre de 2012 y junio de 2013 se le incrementó su retribución mensual a 600 euros. En total recibió una suma en efectivo que asciende a 84.806,17 euros en concepto de comisiones y, según el acuerdo, su intermediación y la del entonces director de Medio Ambiente Joaquín Peña (PP) fue "determinante" para favorecer a Fitonvo en el macrocontrato de 48 millones de euros del año 2012, donde la empresa se hizo con tres de los lotes a través de sociedades instrumentales.

Además, se le pagaron por parte de la UTE Guadaíra 25.000 euros en facturas de la reforma de su casa, cantidades que "han sido reintegradas".

Un coche, un caballo y una yegua, entre los regalos

En cuanto a Francisco Huertas Rodríguez, jefe obrero o capataz del servicio de Parques y Jardines, era el "hombre de confianza" en dicho servicio de Domingo Enrique Castaño y del concejal delegado de Vía Pública Manuel Gómez Lobo, ambos de la agrupación socialista del distrito Macarena. Dice el fiscal que esta circunstancia dotó a este acusado de un "estatus laboral que no se correspondía con su puesto de trabajo".

Entre los regalos que recibió de Fitonovo, destaca un vehículo Toyota Corolla para su hija, y también en mayo de 2007 recibió un caballo valorado en 1.300 euros y una yegua por importe de 1.000 euros en febrero de 2008. Otros reglados fueron el pago de dos cotillones de fin de año en 2002 y 2003 por importe de 285 euros; un tractor carriola por importe de 600 euros; un móvil Nokia valorado en 225 euros; un viaje a Budapest por importe de 3.4999 euros en 2004; un equipo de lavado a presión por importe de 435 euros; dos adquieres de vehículos por importe de 301 y 449 euros; así como otros dos teléfonos de las marcas Nokia e iPhone.

De otro lado, la Fiscalía también ha pactado reducir a seis meses las penas para Manuel Pineda, capataz de jardinería, y Juan José López, que fue responsable de obras del Parque Guadaíra, mientras que se solicita la absolución del comercial de Fitonovo José Gutiérrez por prescripción del delito.

Dos atenuantes y suspensión de la pena

El acuerdo permite esta rebaja importante de las condenas porque la Fiscalía aprecia dos circunstancias atenuantes en la conducta de estos diez acusados. En primer lugar, aunque se les imputaban delitos de cohecho y tráfico de influencias, el fiscal entiende que este último delito quedaría absorbido por el cohecho, "al ser un precepto penal más amplio que absorbe las infracciones consumidas en aquél".

A continuación, considera que en los hechos concurren las atenuantes de "confesión tardía" y "dilaciones indebidas". En cuanto a la primera, destaca la colaboración de los acusados "de forma especialmente relevante en función de la transcendencia de los datos aportados por dichas personas para el esclarecimiento de los hechos, permitiendo al tribunal ya pronunciarse sobre un aspecto esencial del juicio como es el de la existencia de una actividad destinada a favorecer la adjudicación de contratación pública mediante el pago de dinero o atenciones".

Sobre las dilaciones indebidas, señala que han transcurrido nueve años y tres meses desde la apertura de las diligencias previas y hasta la fecha del inicio del juicio, mientras que el plazo desde que se dictó el auto de transformación del procedimiento abreviado hasta el inicio de las sesiones es de cinco años y desde la apertura de juicio oral han pasado tres años y más de siete meses. Por todo ello, considera que se puede hablar de una dilación "especialmente extraordinaria o superextraordinaria, que es la condición predicada por la jurisprudencia".

El fiscal ha señalado en su intervención que dada la "antigüedad de los hechos" y en aras a evitar que el proceso se pueda demorar con un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, con lo que "estaríamos esperando que la Justicia se pronunciara 20 años después de los hechos", es por lo que considera razonable el acuerdo alcanzado.

Además, considera que se han producido "constantes interrupciones y paralizaciones del proceso, lo que sienta las bases, de acuerdo con la doctrina, para la aplicación de la atenuante solicitada, por tratarse de una dilación excesivamente prolongada, no imputable al recurrente y carente de toda justificación".

Por último, el pacto se muestra a favor de la suspensión de la ejecución de las penas para estos seis acusados, dado que "cumplen todos lo requisitos previstos" en el artículo 80.1 del Código Penal.

"No solamente no se dan las circunstancias posibles para una hipotética reiteración delictiva en los términos de los hechos objeto de acusación, sino que sería absolutamente innecesaria -para reparar el daño jurídico- la entrada en prisión de dichas personas a la vista de sus situaciones y circunstancias personales", dice el escrito de conformidad.

Así, explica que "ante la situación personal y laboral que se constata y la certeza de que el cumplimiento en prisión no resulta necesario tras el transcurso de casi una década de los hechos que dieron lugar a este proceso, y sobre todo ante la constatación de la regularización de la vida de dichas personas se torna innecesario dicho ingreso en prisión y desde luego no aconsejable en el presente caso, permitiendo albergar absoluta confianza en que los acusados van a mantener su conducta apartada del delito, habiendo asumido voluntariamente su responsabilidad, y disponiendo además de las condiciones que le permiten obtener ingresos -aunque precarios- para poder subsistir", concluye.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios