Jornada sobre la ley de apoyo a las personas con discapacidad en el Colegio de Abogados de Sevilla
Colegio de Abogados de Sevilla
María José Segarra, fiscal de Sala del Supremo para la protección de personas con disapacidad y mayores, el abogado Rafael Zambrana y los notarios Manuel Seda y Carmen Vela, participan en este encuentro que será presidido por el decano de los abogados, Óscar Cisneros
La ley que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad entrará en vigor el próximo 3 de septiembre de 2021 y para facilitar su conocimiento a todos los abogados sevillanos, la Comisión de Formación del Colegio de Abogados de Sevilla ha organizado una jornada donde se recogerán los diferentes puntos de vista de los operadores jurídicos más afectados y que ha titulado "primeras impresiones".
El acto, previsto para el jueves 8 de julio a las 18:00, será presidido por el decano, Óscar Cisneros e intervendrán María José Segarra, ex fiscal del Estado y actualmente Fiscal de Sala del TTribunal Supremo para la protección de personas con discapacidad y mayores, con Rafael Zambrana, abogado experto en Derecho Civil, y con los notarios Manuel Seda, Vicedecano del Colegio Notarial de Andalucía, y Carmen Vela, Secretaria de la Academia Sevillana del Notariado.
Los principales puntos que esta Ley modifica y que afecta a la ciudadanía son el ejercicio de la capacidad jurídica, las figuras y medidas de apoyo, sin declaración de incapacitación, la modificación de la Ley Hipotecaria y la modificación de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria.
Entre otras cuestiones, la reforma que la nueva ley establece "impone el cambio de un sistema en el que predomina la sustitución en la toma de las decisiones que afectan a las personas con discapacidad, basado en una visión paternalista que el texto considera periclitada, por otro basado en el respeto a la voluntad y las preferencias de la persona que, como regla general, será la encargada de tomar sus propias decisiones", señala el Colegio de Abogados en una nota de prensa.
De este modo, se eliminan del ámbito de la discapacidad la tutela, salvo para menores de edad no emancipados, no sujetos a patria potestad o en situación de desamparo, la patria potestad prorrogada y la patria potestad rehabilitada, "que la nueva ley considera figuras demasiado rígidas y poco adaptadas al sistema de promoción de la autonomía de las personas adultas con discapacidad".
El nuevo texto recoge también la figura del defensor judicial, prevista para situaciones en que exista conflicto de intereses entre la figura de apoyo y la persona con discapacidad o imposibilidad coyuntural de que la figura de apoyo habitual lo ejerza. Todas las medidas de apoyo adoptadas judicialmente serán revisadas periódicamente en un plazo máximo de tres años, o en casos excepcionales de hasta seis, y en todo caso ante cualquier cambio en la situación de la persona que pueda requerir su modificación.
Sin declaración de incapacitación.
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