Granada

El TSJA anula la decisión del juez Calatayud de suspender los juicios

  • El alto tribunal andaluz entiende que el magistrado "no era competente" para adoptar esta decisión

El juez Emilio Calatayud

El juez Emilio Calatayud / G. H.

El acuerdo de suspender los juicios por parte del juez Calatayud, titular del juzgado de menroes número 1 de  Granada se dejó sin efecto el pasado martes 3 de noviembre por parte de la Sala de Gobierno del TSJA, con el argumento de que el juez "no era competente" para adoptar esa decisión, según informan fuentes del TSJA.

El juez Emilio Calatayud,resolvió el pasado 30 de octubre la suspensión durante diez días de la actividad judicial en este órgano tras conocer el positivo en Covid de una funcionaria. La funcionaria, que había dado neaativo en un test reaizado el día 26 de oectubre, acudió a su puesto de trabajo el pasado martes 27 de octubre, por lo que el magistrado, ante la "falta de resolución algna sobre la adopción de medidas en esta situación" y tras comunicarlo al juez decano y a la Administración, decidió "aplicar el protocolo del virus" y suspender la actividad judicial durante diez días.

La Consejería de Salud y Familias considera contacto estrecho cuando se produce alguna de estas circunstancias desde dos días antes del diagnóstico positivo o la aparición de síntomas, si es anterior. Estas condiciones son: estar sin mascarilla, en el mismo lugar, a menos de dos metros de distancia y durante más de 15 minutos; se han proporcionado servicios de cuidados sin llevar a cabo las medidas de seguridad; compartir medio de transporte a menos de dos metros, sin mascarilla y en un periodo superior a los 15 minutos; comer sin distanciade seguridad, vivir o permanecer en el mismo lugar que el contagiado, o compartir sin mascarilla un espacio cerrado con mala ventilación por dos o más horas.

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