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El TSJA fija dos meses para cumplir la sentencia de la contaminación de la gasolinera de Coria

El TSJA da la razón a los vecinos afectados por la contaminación de la gasolinera de Coria del Río

El TSJA da la razón a los vecinos afectados por la contaminación de la gasolinera de Coria del Río / DGGC

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha declarado firme su sentencia del litigio contencioso de los vecinos de la barriada Guadalquivir de Coria del Río (Sevilla) afectados por un prolongado episodio de contaminación, derivado de un vertido de hidrocarburos de la gasolinera de Zamarrilla Inversiones S.L. enclavada en dicha zona, pesando además el planteamiento de los pozos negros detectados en el entorno.

En dicha sentencia, el Alto tribunal andaluz ordena al Ayuntamiento de dicho municipio que reactive la declaración de los suelos de la gasolinera como terrenos contaminados y resuelva dicho procedimiento. En un escrito emitido el pasado 12 de marzo, la representación del Ayuntamiento en dicho litigio expone que el pasado 27 de febrero le fue notificado un decreto de fecha 26 de febrero en el que se "declara la firmeza de la sentencia y se interesa" que el Consistorio "acuse recibo de la comunicación e indique cuál será el órgano encargado de la ejecución de la sentencia, advirtiéndose del plazo de dos meses para cumplimiento de la sentencia".

En dicho escrito, en ese sentido, la representación legal del Consistorio acusa recibo del mencionado decreto que declara la firmeza de la sentencia y precisa que "el órgano encargado de la ejecución" de la misma "se realizará mediante la figura del alcalde", el andalucista Modesto González.

El litigio

En la citada sentencia emitida el pasado 15 de noviembre de 2023 y recogida por Europa Press, la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA aborda un recurso del colectivo vecinal contra un total de siete resoluciones del Ayuntamiento de Coria del Río, la Consejería de Salud, la Consejería de Desarrollo Sostenible, el Distrito Sanitario Aljarafe o la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía emitidas por tales administraciones ante diferentes solicitudes y reclamaciones de estos vecinos, con resultado desfavorable a sus intereses.

El recurso comprendía un total de 12 peticiones al tribunal, como que el mismo declarase "la existencia de una situación de grave riesgo para la salud pública en la Barriada Guadalquivir como consecuencia del problema de contaminantes", que declarase los suelos de la mencionada gasolinera "como suelos contaminados, condenando al Ayuntamiento de Coria a que inicie con carácter inmediato un nuevo procedimiento para la declaración de suelos contaminados"; que se ordenase al Consistorio y a la Junta "la inmediata descontaminación de los terrenos" de la estación de servicio; el reconocimiento de un "daño antijurídico y efectivo a los vecinos, susceptible de cuantificación con reserva de los derechos de estos a instar su correspondiente indemnización", o que se ordenase a la Junta crear "un comité de expertos que se encargue de un estudio epidemiológico" y a asignar al colectivo un "médico especialista en toxicología".

Otras de las peticiones consistían en solicitar al TSJA que condenase al Ayuntamiento y a la Junta de Andalucía a promover un "programa de realojamiento", asignando a cada una de las familias de la barriada "una vivienda libre de exposición a contaminantes, en tanto que no sean descontaminados todos los terrenos afectados, y sustituidas ó reparadas todas las infraestructuras de la red de saneamiento afectadas"; así como condenar a ambas administraciones a emprender "la potestad disciplinaria sobre todos los empleados y cargos de cualquier naturaleza que hayan resultado responsables, directa o indirectamente, de la demora en la actuación administrativa" en lo relativo a este asunto.

Acredita la "existencia de contaminantes en los terrenos"

Al respecto, el TSJA expone en su sentencia que merced a un informe de la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y Agua, resulta "inequívoca la existencia de contaminantes en los terrenos indicados, con una clara afectación a las viviendas de los vecinos" promotores del litigio, que llevan años demandando medidas a las administraciones. El tribunal precisa no obstante que si el Ayuntamiento de Coria acordó archivar el expediente de declaración de los suelos de la gasolinera como contaminados no fue por "considerar que los suelos no estén contaminados", sino por "la incoación de un proyecto de recuperación voluntaria del suelo por parte de la administración autonómica a instancia de la propietaria del suelo".

Sin embargo, el TSJA determina que "en modo alguno el procedimiento para la declaración de suelos como contaminados es incompatible con el proyecto para la recuperación voluntaria del suelo, sino que simplemente, este no requiere como presupuesto a aquel. Pero nada impide que ambas se tramiten de forma simultanea, especialmente, en cuanto que su competencia es local para uno y autonómica para otro". Por eso, el tribunal anula la resolución emitida en abril de 2021 por el Ayuntamiento de Coria archivando el procedimiento de declaración de los suelos de la gasolinera como terrenos contaminados, "mandando continuar el procedimiento para su resolución como proceda a la vista de las circunstancias concurrentes".

El tribunal desestima el resto de peticiones del colectivo, como las pretensiones relativas a las declaraciones de riesgo para la salud, inspección de infraestructuras, divulgación de información sanitaria, constitución de comité de expertos, asignación de facultativo especialista y de un plan de realojo de los vecinos. El TSJA especifica al respecto que estas peticiones "se articulan como un recurso frente a una posible inactividad administrativa", cuando por ejemplo respecto a la Junta, "sí se constata la existencia de actuaciones especiales y extraordinarias por parte de la administración autonómica, competente en materia sanitaria, en relación con los problemas suscitadas por las emanaciones de sustancias".

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