El TSJA rechaza el "sonambulismo sexual" de un acusado por abusos y ratifica la condena de la Audiencia de Sevilla

Abusos sexuales

El hombre había abusado de tres amigas en diferentes fines de semana aprovechando que compartían cama o sofá para dormir después de barbacoas o fiestas

Una Sala de la Audiencia de Sevilla durante un juicio. / Belén Vargas

La Sala de Apelación del TSJA ha considerado que no está probado el "sonambulismo sexual" de Álvaro D. T., que fue condenado por tres delitos de abuso sexual por la Audiencia Provincial de Sevilla a las penas de seis meses de prisión, otros 6 meses de prisión con respecto a una segundo perjudicada y a dos años de prisión además de tres años de libertad vigilada postpenitenciaria. Antes de la celebración del juicio, consignó 5.500 euros para ser entregado a las perjudicadas.

La defensa del acusado interpuso un recurso, que ha sido desestimado por el TSJA en el que se indicaba como como motivo de impugnación error en la apreciación de la prueba acerca de que el acusado cometiera los hechos en estado de vigilia. Proponía como prueba en segunda instancia documental y pericial acerca de la patología de sonambulismo sexual que, según él, padece el acusado. Sin embargo, la sección de Apelación del alto tribunal recuerda que esta causa de exención de la responsabilidad fue "ya rechazada motivadamente en la sentencia impugnada y habrá de serlo nuevamente". Recuerda, además, que se trata de un trastorno extremedamente extraño del que hasta 2012 solo había descritos 50 casos en el mundo y que suele estar asociado a otros síntomas.

Aprovechaba que ellas dormían

Según la sentencia, facilitada por la oficina de Comunicación del TSJA, el primero de los abusos ocurrió en un fin de semana de mayo de 2007. Como cualquier grupo de jóvenes, la pandilla estaba en casa de una de ellas donde habían quedado para hacer una barbacoa y pasar allí la noche. Cuando llegó la hora de dormir, el acusado terminó acostado en un sofá con la primera de las víctimas, "y aprovechando que la misma se quedó dormida metió la mano por debajo de la camiseta y le cogió un pecho lo que provocó que la chica se despertase y le apartase de un manotazo". Pero más tarde volvió a intentarlo, esta vez metiéndole la mano a través del pantalón hasta que la joven "se levantó y se marchó para terminar durmiendo en sitio aparte".

Meses más tarde, ya en verano, y con ocasión de una reunión de amigos, esta vez en casa de otra joven, para pasar la tarde y dormir, "aprovechando que se encontraba acostado en un colchón que se había extendido en el salón de la vivienda" junto a la dueña de la casa, "cuando ésta se quedó dormida introdujo una de sus manos por debajo de la camiseta y comenzó a manosearle el pecho". La joven se despertó sorprendida y se apartó de él.

En octubre, cuando el condenado estaba en casa de uno de sus entonces amigos, llegó una joven conocida de ellos "a altas horas de la madrugada después de haber estado de copas con sus amigas de la universidad y en cierto estado de embriaguez".Álvaro terminó compartiendo una cama nido del dormitorio con ella y "aprovechando el sueño de la chica favorecido por la ingesta alcohólica, le introdujo los dedos en la vagina haciendo que la misma se despertase, dándole un manotazo y girándose en la cama para que la dejase".

En abril de 2018 las tres jóvenes con las que Álvaro se había sobrepasado, se citaron con él y con otros amigos del grupo para advertirle de que iban a denunciarlo.

Ante estos hechos, la sentencia del TSJA considera que la sexsomnia no está probada entre otras razones porque las tres víctimas coinciden en declarar que el acusado "no estaba dormido, sino que lo simulaba, se hacía el dormido, como estratagema para ocultar sus intenciones lúbricas y eludir su responsabilidad ante posibles reacciones de aquellas". Además señala que la sentencia de instancia subraya "la ausencia de cualquier prueba médica que pudiera apoyar el pretendido trastorno del sueño, apuntando además, con mucha agudeza, la excesiva coincidencia que supone que, en situaciones en que, por la limitación de camas, jóvenes de ambos sexos compartían lecho de forma indistinta, el acusado acabara en todos los casos acostado junto a una chica y tuviera en cada ocasión un episodio de la pretendida sexsomnia".

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