Contencioso-administrativo

El Viso del Alcor anulará el aumento de sueldo de sus empleados que aprobó antes de las municipales de 2023 por ser ilegal

  • El Ayuntamiento (PSOE) acaba aceptando el requerimiento que le hizo la Subdelegación del Gobierno para que rectificase su decisión de subir las retribuciones un 12%, muy por encima del 2,5% que exige la Ley

  • "Se trataba de una medida claramente electoralista a pesar de que tenía todos los informes técnicos en contra", denuncia el portavoz del PP tras conocer la sentencia de un juzgado de Sevilla

  • El PSOE obtiene mayoría absoluta en el ayuntamiento de El Viso del Alcor con 13 concejales

Gabriel Santos, alcalde de El Viso del Alcor.

Gabriel Santos, alcalde de El Viso del Alcor. / D.S.

El Ayuntamiento de El Viso del Alcor, que es gobernado por el PSOE con mayoría absoluta, ha aceptado anular la subida de sueldo que aprobó para todos sus trabajadores en abril de 2023, apenas un mes y medio antes de las elecciones municipales que se celebraron el 28 de mayo. Lo ha hecho por imperativo de la Justicia pero, sobre todo, por imperativo del propio PSOE, que a través de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla le requirió en dos ocasiones para que diese marcha atrás. Había varios motivos, aunque el fundamental es que el aumento de salario superaba el 2,5% estipulado en la Ley General de Presupuestos del Estado para el año pasado. En concreto rondaba el 12% y, según los cálculos de los técnicos municipales, habría supuesto un incremento de 1,5 millones de euros en el capítulo de gastos en el presupuesto de la localidad.

La decisión fue adoptada por el Pleno de la Corporación visueña en una sesión extraordinaria celebrada el 12 de abril. A pesar de contar con los informes desfavorables de la graduada social del departamento de Recursos Humanos (27 de marzo), de la Secretaria General del Ayuntamiento (30 de marzo) y del Interventor de Fondos del Consistorio (31 de marzo), el equipo de gobierno aprobó “levantar el reparo” de la Intervención respecto a la negociación colectiva entre la Corporación y los sindicatos y, en consecuencia, dar el visto bueno a la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del Ayuntamiento con las modificaciones introducidas en la propuesta definitiva del 14 de marzo. Esa subida se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla el 19 de abril y habría entrado en vigor el 1 de noviembre.

La medida recibió el reproche inmediato del Gobierno. La Subdelegación, de hecho, requirió en dos ocasiones al alcalde para que anulara la RPT o, en su defecto, la corrigiera para adaptarla a las exigencias de la Ley de Presupuestos. Ambos requerimientos fueron incumplidos y la Subdelegación del Gobierno demandó entonces al Ayuntamiento ante los tribunales. La vista se celebró el pasado 12 de febrero en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Sevilla, que estimó el recurso de la Subdelegación y dictó sentencia firme después de que la representación del primer edil, por fin, se allanase a las pretensiones de la Subdelegación. Es decir, que el Ayuntamiento decidió atender su demanda y rectificar.

En la resolución, la magistrada recuerda que la Abogacía del Estado impugnó la desestimación del último requerimiento de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla, la del 14 de agosto de 2023, para que anulase la RPT o la corrigiera “para que no se superasen las limitaciones del artículo 19.2 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2023” y cumpliese así las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera que establece la Ley Orgánica 2/2012, del 27 de abril. La propuesta aprobada por el Ayuntamiento no satisfacía ni lo uno ni lo otro, según constató la Intervención municipal.

“La parte demandada [el Ayuntamiento] se ha allanado expresamente a la pretensión deducida y ha interesado que se dicte sentencia de conformidad con esa pretensión”, prosigue la sentencia. Eso significa que el Consistorio se conforma con las pretensiones de la demandante, acepta anular la RPT y “reconoce que se debe actuar con sometimiento al ordenamiento jurídico”.

“Se trataba de una medida claramente electoralista aprobada a las puertas de la campaña de las municipales del 28 de mayo, a pesar de tener todos los informes técnicos en contra, que afianzó sin lugar a dudas la mayoría absoluta del PSOE y del Gobierno del actual alcalde, Gabriel Santos”, denuncia el portavoz del PP en El Viso, Manuel Ruiz Pineda.

“La medida fue aprobada con todos los informes técnicos en contra por no ajustarse a la Ley y ser discrecional. Es más, los técnicos advirtieron de su evidente y clara ilegalidad y nulidad y de la arbitrariedad de la valoración de puestos, además de numerosas irregularidades. Se incumplían, además, las exigencias de estabilidad presupuestaria”, explica el también abogado, para quien “la palmaria y evidente ilegalidad y nulidad de la RPT mostraba a las claras que se trataba de una medida electoralista y un claro engaño a la ciudadanía del pueblo y a los trabajadores del Ayuntamiento”.

“Queda patente la crónica de un engaño contado en unas elecciones a toda una ciudadanía y a los trabajadores del Ayuntamiento”, sentencia el representante popular.

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