Atropello mortal

El accidente de la barredora que mató a un peatón se debió a un "fallo en el sistema de frenos"

  • El informe pericial concluye además que la ITV, que lleva cuatro años sin pasarla, "probablemente" podría haber evitado el siniestro

Una imagen del accidente de la barredora en Osuna, el 28 de octubre de 2015.

Una imagen del accidente de la barredora en Osuna, el 28 de octubre de 2015.

Un fallo en el sistema de frenos de la máquina barredora provocó el atropello mortal de un peatón en la localidad de Osuna el 28 de octubre de 2015. Esta es la principal conclusión a la que ha llegado el informe pericial encargo por el juzgado que investiga el caso a la empresa Taxo y que establece en sus conclusiones que el accidente "se produjo como consecuencia de un fallo en los sistemas de freno del vehículo (freno motor y frenos de disco), sin perjuicio de posibles errores del autómata Sauer -un sistema electrónico del vehículo-, a cuya información no se ha podido tener acceso".

El perito concluye igualmente que en este caso se advierten "determinadas deficiencias documentales" en lo referente a la ausencia de informe de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) vigente, algo que, prosigue el experto, "probablemente podría haber puesto en previo aviso sobre posibles deficiencias en la barredora; así como la insuficiente información aportada en lo relativo a las actuaciones de mantenimiento y reparaciones a las que fue sometida".

El abogado Álvaro Moreno, del bufete Nertis, que ejerce la acusación particular en representación de los familiares del fallecido, Manuel Galván García, de 62 años, considera que este informe es "bastante esclarecedor porque confirma lo que venían diciendo desde el inicio de la instrucción, respecto a que sin perjuicio de los fallos técnicos que pudiera tener la barredora, era indiscutible que la falta de mantenimiento por parte del Ayuntamiento y algo tan básico como era pasar la ITV de forma anual, que era obligatorio para este tipo de vehículos y llevaba cuatro años sin pasarse, hubiera podido evitar el accidente".

En este sentido, el letrado ha añadido que el peritaje es "meridiano cuando afirma que si la máquina barredora hubiera pasado la ITV, probablemente se hubiera podido detectar un fallo tan burdo como era la falta de líquido de frenos o cualquier otro elemento del sistema básico de la barredora". Se trata, ha proseguido, de una prueba de cargo objetiva que "va a ser determinante para que se ponga fin a la instrucción y se confirme la responsabilidad de los miembros del Ayuntamiento".

De hecho, el Ayuntamiento de Osuna tenía la obligación de pasar la ITV de la máquina barredora que el 28 de octubre de 2015 provocó la muerte de un peatón, según confirmó la Dirección General de Tráfico en un oficio dirigido al juzgado que investiga este siniestro y en el que señalaba que este vehículo, al superar una velocidad de 25 kilómetros por hora, tenía que pasar dicha ITV. Sin embargo, la máquina barredora, que podía alcanzar una velocidad máxima de 41,2 kilómetros por hora, tenía caducada la ITV desde el 14 de mayo de 2012, según consta acreditado en la causa.

En marzo de 2019 prestó declaración como investigada la alcaldesa de la localidad, Rosario Andújar (PSOE), después de que la Audiencia de Sevilla reabriera la investigación por la muerte de un vecino atropellado por la barredora, y también comparecieron el concejal encargado del servicio de limpieza Rafael Cristóbal -aunque a este edil se le levantó la imputación puesto que se acreditó que cesó en el cargo un mes antes del siniestro-, además de Manuel R. C., encargado de mantenimiento de los vehículos del servicio de limpieza del Ayuntamiento de Osuna, y Carlos I. D., técnico en prevención de Riesgos Laborales.

La alcaldesa, que sólo respondió a las preguntas de su abogado y al fiscal, derivó la responsabilidad a la empresa externa con la que se había contratado el servicio de prevención de riesgos laborales, así como a los trabajadores que tenían encomendada esta función. El responsable de prevención de Riesgos Laborales, por su parte, reconoció que el conductor de la barredora no pasó la formación en materia de prevención. Otras fuentes consultadas precisaron que la regidora en ningún caso trató de derivar la responsabilidad a esta empresa, sino que manifestó ante el juez que su obligación era avalar que existiera un plan de prevención de riesgos laborales y comprobar que las cosas se habían hecho "bien" desde la perspectiva de la alcaldía.

Durante la fase de instrucción, el juez ya imputó al conductor de la máquina barredora que atropelló mortalmente a Manuel Galván García, de 62 años, quien transitaba por una acera frente a la Administración de Hacienda de la localidad. El accidente provocó además heridas de diversa consideración a otras cuatro personas y daños materiales en otros vehículos y en la fachada del edificio.

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