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Condenan a quince años de cárcel a la banda que robó un súper, un banco y una gasolinera de Sevilla en menos de 24 horas

Atracos

La Justicia impone cinco años de prisión por cada uno de los robos a tres de los ladrones y deja en seis años y medio el castigo para el único caco que confesó todos los hechos

Cae en Sevilla una banda que cometió tres atracos en menos de 24 horas

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Así fue el atraco en la gasolinera del polígono El Pino.

Cuatro ladrones que a principios de 2022 protagonizaron una jornada frenética de atracos en un supermercado, un banco y una gasolinera, todo en menos de 24 horas, acaban de recibir la noticia de que las condenas que en su día les impuso un juzgado de Sevilla ya son firmes. Las penas, que son duras porque los hechos fueron calificados como tres robos con intimidación y arma, oscilan entre los quince años que les han caído a tres de ellos y los seis y medio impuestos al único caco que confesó. Así lo determinó el Juzgado de lo Penal número 15 de Sevilla, así lo ratificó la Sección Primera de la Audiencia Provincial y así lo confirma ahora el Tribunal Supremo.

Los condenados son C.M.G., de 34 años en el momento de los hechos; R.V.A., de 52; F.J.H.C., de 36; e I.S.C., de 43. Su serial empezó a las 13.50 horas del 20 de enero de 2022 en un supermercado de la calle Satsuma esquina con Amor, en la barriada de Santa Aurelia. Tres de ellos irrumpieron dentro con sus rostros cubiertos con pasamontañas y con cuchillos para atemorizar a quien saliera a su paso. La cajera, de hecho, corrió hacia el interior de la tienda cuando vio lo que entraba por la puerta. El cuarto ladrón aguardaba fuera, en un coche propiedad de otro compañero de fechorías. El caso es que de ese súper salieron con los 512,47 euros que había en la única caja registradora que consiguieron arrancar; con la otra no sólo no tuvieron la misma pericia, sino que encima uno de los asaltantes dejó su huella dactilar. Al final fueron más los daños que provocaron (se tasaron en 1.000 euros) que el beneficio económico que lograron.

Tras darse un respiro esa tarde y esa noche, la banda volvió a la acción a la mañana siguiente. A las 11.23 horas, los cuatro se presentaron en la sucursal de un banco en la calle Gramil, en el polígono Store, y los tres que habían entrado en el súper repitieron asalto con las caras ocultas y con armas blancas. Dos bloquearon la puerta automática y un tercero conminó a una de las empleadas a que le entregara dinero. El botín fue de 1.115 euros.

Sin solución de continuidad, y siempre montados en el mismo vehículo, los ladrones se dirigieron a una gasolinera sita en la calle Pino Albar, en el polígono El Pino. Allí, sin quitarse los mismos pasamontañas y siempre cuchillos en ristre, los mismos tres amigos de lo ajeno entraron en el establecimiento a las 12.41 horas mientras el cuarto los esperaba fuera a bordo del coche. Tras amenazar al empleado, se hicieron con los 547,92 euros que había en la caja registradora en ese momento.

La sentencia del juez de lo Penal también especificaba que la matrícula que los acusados colocaron en el vehículo en el que se daban a la fuga había sido igualmente robada, en concreto en la mañana del 20 de enero de un vehículo aparcado en la calle Plomo, en el polígono Calonge.

En cuanto al investigado al que se impuso la pena menos contundente, los jueces indican que reconoció desde el principio de la investigación su participación en los hechos y la del resto de la banda, lo que supuso “un auxilio determinante y eficaz para la Administración de Justicia”. Además, era consumidor habitual de sustancias estupefacientes, lo que limitaba pero no anulaba sus facultades. Por eso su pena es menor: se le aplicaron las atenuantes de confesión y drogadicción.

Los cuatro ladrones han sido condenados por tres delitos de robo con intimidación y uso de armas con la agravante de disfraz (por los pasamontañas), un delito de falsedad en documento oficial (por la matrícula robada) y un delito leve de hurto. A tres se les impone cinco años de prisión por cada robo (quince años en total), nueve meses y una multa de 1.440 euros por la falsedad documental y otra multa de 360 euros por el hurto. Estos encausados son dos de los tres ladrones que asaltaron los tres locales y el que conducía el coche.

El otro caco, el menos perjudicado gracias a las atenuantes ya citadas, ha sido castigado a 26 meses de cárcel por cada delito de robo (seis años y medio en total), tres meses y una multa de 360 euros por la falsedad y 64 euros por el hurto leve.

El Supremo elimina una agravante pero no quita un día de cárcel

Tres ladrones recurrieron ante el Supremo, pero en la práctica ninguno tuvo éxito. La única concesión, según refleja la sentencia dictada el 13 de diciembre, es eliminar la agravante de reincidencia a uno que el 3 de abril de 2013 fue condenado a un año de cárcel por otro robo con fuerza. Esa pena quedó extinguida el 13 de junio de 2018, así que el 20 de enero de 2022 estaba más que cumplido el plazo para cancelar ese antecedente, que es de tres años contados “desde el día siguiente a aquel en que quedara extinguida la pena” (artículo 136 del Código Penal). “No obstante”, advierte la Sala, la supresión de esa agravante no tiene “incidencia alguna” en la pena porque el juez de lo Penal no la valoró cuando le impuso cinco años por robo.

Si lo hubiera hecho, la habría sumado a la de disfraz y le habría aplicado la mitad inferior del tramo superior establecido para ese delito (de cinco años y un día a seis años y tres meses). El juez, en cambio, aplicó otra regla por la cual “es indiferente si hay una o dos agravantes”, de ahí que la pena correspondiese a la mitad superior del tramo inferior (de cuatro años, siete meses y quince días a cinco años).

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