Fraude económico

Condenan a un empresario que no pagó 580.000 euros a la Seguridad Social a pesar de que tenía beneficios

La sede de la Tesorería General de la Seguridad Social en Sevilla.

La sede de la Tesorería General de la Seguridad Social en Sevilla. / José Ángel García

La Audiencia de Sevilla impuso ayer dos años de cárcel a un empresario de Mairena del Alcor que defraudó más de medio millón de euros a la Seguridad Social al no pagar las cuotas correspondientes a su plantilla, compuesta por cuatro empleados, a pesar de que su negocio (un establecimiento de bicicletas, motocicletas y recambios) dio beneficios en algunos ejercicios. En principio, la Fiscalía pedía cinco años de prisión, una multa de dos millones de euros y el pago de una indemnización de 1,2 millones. Antes del juicio celebrado en la Sección Tercera, sin embargo, las partes alcanzaron un acuerdo para rebajar esas penas.

El encausado, que reconoció los hechos, incumplió sus obligaciones con el Estado a pesar de que se le concedieron hasta tres aplazamientos de pago, "todos ellos incumplidos", y no abonó “de manera consciente y deliberada” las cuotas de la Seguridad Social entre febrero de 2013 y noviembre de 2015. El periodo de la infracción fue una de las principales modificaciones introducidas por las acusaciones para así facilitar el acuerdo. Inicialmente consideraron que el empresario había infringido la ley entre 2011 y 2015. Al reducir ese tiempo, la Fiscalía eliminó la continuidad del delito y disminuyó la cantidad defraudada hasta 578.657,06 euros. Esa es la indemnización que deberá transferir a las arcas públicas.

Así lo hizo constar el tribunal, que dictó sentencia firme en la misma sala y condenó a José Manuel J.C. a dos años de cárcel, una multa por el importe de las cuotas defraudadas y la pérdida de cualquier ayuda pública o fiscal durante cuatro años por un delito contra la Seguridad Social.

El acusado, en todo caso, no entrará en la cárcel si cumple dos condiciones: no cometer ningún delito en cuatro años y, por supuesto, pagar la indemnización en ese mismo plazo, fijado así por el fiscal “visto el alto montante de la responsabilidad civil”.

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