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El despido de la comercial de Renfe que se beneficiaba de los retrasos del AVE

Se quedaba con las indemnizaciones por las demoras de los trenes · Los jueces avalan el cese por motivos disciplinarios y destacan que considerar que no hubo premeditación por parte de la empleada es "similar a declarar derogada la ley de la gravedad", ironizan

El TSJA avala el despido disciplinario de una trabajadora de Renfe. Imagen generada por IA. / M. G.

Se quedó con casi 2.000 euros de las indemnizaciones para los usuarios por los retrasos del AVE y fue despedida por motivos disciplinarios. Ahora, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado el recurso de esta trabajadora, comercial de Renfe, y ha confirmado la procedencia de su cese. La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José Joaquín Pérez-Beneyto, concluye que la trabajadora "urdió un plan" para detectar billetes con posibilidad de devolución del importe, lo que supone haber estado "muchas horas buscando información, primero viendo qué trenes llegaron con retraso, segundo qué billetes de esos trenes fueron pagados en metálico y tercero comprobando si habían sido devueltos, lo que implica emplear muchas horas en buscar información en un ordenador".

Y en este contexto, la Sala ironiza al afirmar que inferir que de este relato de hechos no hubo premeditación por parte de la trabajadora "es similar a declarar derogada la ley de la gravedad". La trabajadora llevaba once años en Renfe Viajeros, en el departamento de servicios comerciales Sur en la estación de Santa Justa y estaba afiliada al sindicato CCOO, del que su padre era dirigente sindical, precisa la sentencia.

En marzo de 2020, recibió la carta de despido disciplinario, tras la tramitación del correspondiente expediente disciplinario por "incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones", de acuerdo con la normativa laboral de Renfe Operadora y lo dispuesto en el estatuto de los trabajadores para "los robos, hurtos, estafas, apropiaciones indebidas o retenciones de fondos con ánimo de lucro personal o a favor de terceros".

Los hechos investigados tuvieron lugar entre el 31 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020, cuando una persona solicitó las indemnizaciones por retrasos de varios trenes en cada ocasión, recibiendo un total de 1.994,8 euros. Tras analizar esas retiradas de efectivo se comprobó que las había efectuado la trabajadora mencionada, quien "ni tenía autorización para ello, ni esas actividades estaban dentro de sus cometidos". Con fecha 11 de febrero, la empleada realizó una reposición parcial del dinero -1.746,75 euros-, quedando pendiente el reintegro de 248,05.

Las indemnizaciones por el retraso se solicitaron para trenes de distintas relaciones de distinto canal de venta y en todos los casos el elemento común consistía en que "se había esperado para solicitar la indemnización unos 50 días aproximadamente". La empleada despedida reconoció que había utilizado la clave de otro trabajador para visualizar los billetes, y otra clave que utilizaban en común para imprimir dichos tickes, y también admitió la apropiación de esas cantidades.

La sentencia del TSJA concluye que en este despido no hubo discriminación ni trato desigual, puesto que Renfe "despide con carácter general al que incurre en conductas de hurto, estafa o apropiación indebida" y la participación en el expediente disciplinario de la sección sindical de CCOO fue una "garantía del cumplimiento de las normas laborales referidas a la regularidad de tal expediente, sin que conste en el mismo observación alguna de lo contrario en el trámite de audiencia, como en los de traslado de los pliegos de cargo y descargo".

La alegación de que pudo escogerse otra sanción menos grave, prosigue la sentencia, "se contradice con el artículo 463 del convenio de aplicación en cuanto éste habilita a la empresa a aplicar cualquiera de las sanciones previstas del grupo de las faltas muy graves", atendiendo a la trascendencia de los hechos -la trabajadora es una persona que maneja fondos de la empresa-; el grado de intencionalidad y las consecuencias para la disciplina en el servicio.

Así, en relación con el grado de intencionalidad, los magistrados explican que la empleada "tenía y ejecuta un plan preconcebido y perfectamente estudiado", y en el que hubo premeditación por el "método empleado para apropiarse de los reintegros de billetes AVE afectados por retraso, que conlleva el uso fraudulento de claves personales de otros trabajadores, lo que precisa un plan para llevar a cabo dicha apropiación en diferentes momentos temporales".

Tolerar estas conductas sería "devastador" en una empresa con miles de empleados

Y sobre la afectación a la disciplina en Renfe, los jueces argumentan que "es obvio que en una empresa con miles de trabajadores y que manejan fondos de la empresa, permitir o tolerar estas conductas sería devastador".

La empleada despedida alegó que no se había producido ningún perjuicio a la empresa porque las cantidades apropiadas eran fondos de la empresa destinados a indemnizar a los viajeros por los restos, "argumento que no podemos compartir puesto que Renfe ha dilatado los tiempos de retraso para indemnizar a los viajeros alegando los cuantiosos fondos que a ello se destinan".

"Es irracional el argumento de que no se causa ningún perjuicio al ser fondos que no se han reclamado por los legítimos destinatarios y por tanto su apropiación por la actora es una circunstancia atenuante, y es irracional al olvidar que en la conducta de la recurrente medió un dolo reforzado", asevera el fallo, que recuerda que los hechos son dolosos -intencionados- porque su ejecución reiterada "comportó una previa determinación del procedimiento a seguir orientado a una finalidad de lucro económico personal" y ese perjuicio a Renfe "era conocido y querido por la actora al tiempo de la realización de los hechos, por no caber apreciar imprudencia respecto de la entidad o gravedad del daño económico irrogado a la empresa".

La trabajadora, concluyen, "urdió un plan para detectar billetes con posibilidad de devolución de importe, lo que supone haber estado muchas horas buscando información, primero viendo qué trenes llegaron con retraso, segundo qué billetes de esos trenes fueron pagados en metálico -si se hubieran pagado con tarjeta, la devolución se habría hecho por ese medio- y tercero comprobando si habían sido devueltos, lo que implica emplear muchas horas en buscar información en un ordenador".

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