La Fiscalía pide el carpetazo de la causa de 'La Pará' de Gines en la que está procesado el alcalde

El Ministerio Público sostiene que la gestión municipal "no fue todo lo respetuosa con el ordenamiento jurídico que se espera de los gestores públicos" pero no aprecia delito más allá de irregularidades administrativas

La Pará se enreda por la expulsión de la acusación popular

El alcalde de Gines, Romualdo Garrido.
El alcalde de Gines, Romualdo Garrido. / juan carlos muñoz

La Fiscalía de Sevilla pide el carpetazo a la causa de 'La Pará' de Gines. Ocho años después de que se iniciara el proceso judicial en el que están investigados el alcalde de esta localidad sevillana, Romualdo Garrido (PSOE) y otras 19 personas, el Ministerio Público ha presentado un escrito en el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, en el que solicita el sobreseimiento provisional de una causa en la que otras dos acusaciones populares, una muy cuestionada del extinto partido 'Imagines' y el PP de la Diputación han solicitado penas de hasta 20 años de cárcel y otros tantos años de inhabilitación, respectivamente.

Recuerda el fiscal que en este proceso se investigan delitos de prevaricación, malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales, y tráfico de influencias, entre otros, en relación con las irregularidades detectadas en la organización por parte del Ayuntamiento de Gines del evento denominado 'Una Pará en Gines'.

En primer lugar, el fiscal deja claro que "resulta obvio que la gestión municipal durante los años objeto de investigacion no fue todo lo respetuosa con el ordenamiento jurídico que se espera de los gestores públicos", pero lo relevante en este momento es considerar si las "acciones u omisiones son constitutivas de delito o se trata de irregularidades administrativas".

Así, señala que no consta resolución, decreto o acuerdo en base al que el Consistorio decidió formalmente organizar por primera vez el evento ni en los años sucesivos hasta el 2015. La organización estuvo a cargo de la delegación de Festejos del Ayuntamiento con la colaboración de varias entidades, destacando sobre manera las participaciones de la Hermandad del Rocío de Gines y de la mercantil Globalia.

Tras analizar exhaustivamente las irregularidades, el fiscal descarta la responsabilidad penal del "equipo político y de los técnicos", y sobre los hermanos mayores de la Hermandad del Rocío, al tratarse de una entidad "sin ánimo de lucro y declarada de interés público", explica que "pese a no existir un convenio suscrito, la colaboración con el Ayuntamiento podría estar fundada en la persecución de un fin colaborativo común como es la de colaborar con la importante obra social que desarrolla con los colectivos más desfavorecidos".

En cualquier caso, prosigue el escrito de la acusación pública, "descartada la autoría de la prevaricación en la adjudicación de los contratos menores que podían, conforme a la normativa derogada, adjudicarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación, no cabe atribuir responsabilidad alguna ni a los investigados de la hermandad, ni a los investigados de las empresas privadas".

Y tampoco aprecia el delito de malversación, por cuanto relata que "la no exigencia del pago de las tasas no puede equipararse a la comisión de un ilícito penal doloso (adviértase que no existe al modalidad imprudente de malversación) como no lo sería si cualquier Ayuntamiento, por deficiencias en la gestión, dejara de ingresar el impuesto sobre bienes inmuebles o el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, precisamente para casos en los que no se procede al abono por el obligado tributario es por lo que se regulan las infracciones y sanciones en materia tributaria que seregiran por lo dispuesto en la Ley General Tributaria y su normativa de desarrollo, pudiendo reclamarse a posteriori del acaecimiento del hecho impositivo, a salvo los plazos de prescripción, por la utilización de alrededor de 200 boxes/casetas".

Por todo ello, el fiscal solicita el sobreseimiento provisional de la causa "al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito que dio lugar a la formación de al presente, sin perjuicio de las acciones que procedan ante la Jurisdicción competente distinta de la penal".

Por último y como algunos de los investigados han presentado recursos de reforma y apelación contra el auto de procesamiento, el fiscal pide que se dé traslado a sus representaciones procesales por si desisten de la tramitación de los mismos "en caso de acordarse el sobreseimiento de las actuacionespor aplicación de la denominada "Doctrina Botín", que establece que si la Fiscalía y el perjudicado directo no acusan, las acusaciones populares no pueden, por sí solas, mantener el procedimiento penal contra el acusado.

La veintena de procesados

El juez de refuerzo de Instrucción 6 de Sevilla José Ignacio Vilaplana acordó en septiembre de 2024 el procesamiento de un total de 20 investigados, entre ellos el primer edil socialista de la localidad, y exculpó a otras nueve personas, entre ellas el ex presidente de la Diputación Fernando Rodríguez Villalobos, a quien la Fiscalía ya pidió que se sobreseyera la causa contra él.

En concreto, el juez procesó en esta causa, en la que se investigan cinco delitos -prevaricación administrativa, malversación de caudales, fraudes y exacciones ilegales, prevaricación urbanística, falsedad documental y tráfico de influencias- a Romualdo Garrido, alcalde de Gines, al ex alcalde Manuel Camino, a la teniente de alcalde María José Posada y a otros cinco concejales o ex ediles -José María Guerrero, Candelaria Pérez, Eva María Magdaleno, José Juan Cortés y José Carlos Peña-, así como cuatro ex hermanos mayores de la Hermandad del Rocío de Gines entre 2007 y 2017: Alfonso Melo Márquez, Agustín Guerra Montiel, José María Villadiego Sánchez y Antonio María Palomar Cano.

Después de ese auto, la acusación del grupo Imagines presentó su escrito de conclusiones provisionales, en el que acusó al actual alcalde de Gines, Romualdo Garrido (PSOE) y otros 19 procesados, a los que reclamaba en algunos casos hasta 20 años de prisión y una responsabilidad civil de 859.459,36 euros.

La acusación que ejerce el PP de la Diputación de Sevilla, por su parte, ha pedido una condena de hasta siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación en el caso de La Pará, pero no ha planteado penas privativas de libertad.

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