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Los herederos del sultán de Joló y el histórico pleito de los 28.000 millones

  • Se trata del arbitraje más grande en la historia de España, que comenzó en Madrid pero que finalmente se ha trasladado a París.

El sultán de Joló, en una foto de 1899.

El sultán de Joló, en una foto de 1899. / wikipedia

Los herederos del sultán de Joló han demandado al estado de Malasia, al que reclaman más de 28.000 millones de euros en relación con el arrendamiento a perpetuidad de los recursos naturales de ciertos territorios de la isla de Borneo e islas adyacentes, que hoy forman parte de este país asiático. En el litigio intervienen el bufete B. Cremades & Asociados y el despacho 4-5 Gray’s Inn, representando a los herederos del sultán de Joló contra Malasia. Este arbitraje, que comenzó en Madrid en enero de 2018,  puede convertirse en el más grande que se ha llevado en la historia de España, ya que está valorado en 32.200 millones de dólares (28.379 millones de euros).

Sin embargo, aunque el laudo se iba a dictar en España, finalmente se ha fijado la sede del arbitraje en París, que se espera como tarde para el 1 de marzo. El motivo ha sido el auto del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) el pasado junio de 2021 que anuló la designación del árbitro. Mientras tanto, los herederos han presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, todavía pendiente de admisión, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y falta de seguridad jurídica.

La disputa se remonta a 1878 con un acuerdo firmado en el año 1878 por el Sultán de Sulu y dos particulares británicos para el arrendamiento a perpetuidad de los recursos naturales de ciertos territorios de la isla de Borneo e islas adyacentes, que hoy forman parte de Malasia. En ese momento los recursos naturales eran perlas, nidos de pájaro y madera, y el Sultanato formaba parte del Imperio español.

El precio del arrendamiento se fijó en 5.000 pesos filipinos de 1878. Este contrato está publicado en la Gaceta Oficial de Filipinas y traducido al español por traductores contemporáneos de la Corona España. En 1903 se firmó una adenda al contrato mediante la que se acordó la ampliación del territorio arrendado y se aumentó la cantidad a pagar a 5.300 pesos filipinos. 

Los arrendatarios continuaron pagando el mismo: primero los dos firmantes originales, posteriormente la compañía North Borneo Trading Company, que quiebra en 1946, por lo que pasa a manos de la Corona Británica, para pasar finalmente a Malasia en 1963 tras su independencia, país al que hoy en día pertenece esta isla. En la década de los 80´s y 90´s los herederos intentaron solicitar renegociaciones al contrato tras el descubrimiento de nuevos recursos naturales como petróleo y gas. Pero, además, el arrendamiento deja de pagarse por Malasia en 2013, por lo que los herederos comienzan un nuevo periplo para reclamar el pago. En cifras, los herederos valoran la indemnización en 32.200 millones de dólares, no solo por las cuotas dejadas de pagar, sino por lo que calculan que tiene que abonar Malasia por explotar un territorio rico en petróleo y gas.

El acuerdo de 1878 incluía una cláusula de arbitraje pero no identificaba la sede del arbitraje ni la ley aplicable.  Dado que el contrato se firmó en suelo español, los herederos presentaron el 31 de enero de 2018 una demanda ante los tribunales españoles contra Malasia para el nombramiento de un árbitro. El 8 de junio de 2018, el Ministerio de Asuntos Exteriores de España notifica a la Embajada de Malasia la solicitud de designación de un árbitro. 

En su sentencia el 29 de marzo de 2019, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid designó como árbitro único a Gonzalo Stampa. El árbitro único bifurcó el arbitraje en dos fases: jurisdicción y fondo. Malasia envió dos cartas al árbitro impugnando su jurisdicción e incluso compareció brevemente a través de la oficina de Madrid de un bufete británico, aunque luego continuó en rebeldía. Malasia nunca volvió a participar en el arbitraje y, en cambio, decidió presentar una medida cautelar antiarbitraje en los tribunales de Malasia, que fue concedida.

El 25 de mayo de 2020, el árbitro único emitió un laudo sobre jurisdicción declarando que el contrato existía y contenía una cláusula de arbitraje válida. Declaró además que el caso debía continuar y que la ley aplicable eran los Principios de Derecho Internacional de UNIDROIT. 

Malasia impugnó el laudo sobre jurisdicción, pero el TSJM no se ha pronunciado todavía al respecto. Sin embargo, Malasia no compareció en el arbitraje durante la fase del fondo del asunto, y no cumplió el plazo para presentar el escrito de contestación.

El TSJM dejó sin efecto el nombramiento del árbitro único

Mientras el Árbitro Único estaba en proceso de dictar el laudo sobre el fondo del asunto, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un auto del 29 de junio de 2021 deja sin efecto el nombramiento del Árbitro Único bajo el argumento de que Malasia no sido notificado correctamente del arbitraje y ha sufrido indefensión. En este auto destaca el voto particular del juez Santos Vijande que consideró que "aun cuando haya sido formalmente irregular -por el conducto elegido- la notificación en su día efectuada al Estado de Malasia para su comparecencia en el proceso de nombramiento de árbitro 4/2018 de esta Sala, no puedo en absoluto mantener que se ha producido una indefensión real y efectiva de la parte demandada; antes al contrario, lo que el auto mayoritario da por bueno es el comportamiento desidioso de quien, teniendo perfecto conocimiento de la causa e incluso habiendo participado -como veremos- en el arbitraje que se ha desarrollado bajo la dirección del Sr. Árbitro nombrado por este Tribunal, pretende ahora, muchos meses después, articular un incidente de nulidad de actuaciones que resulta de todo punto inadmisible por extemporáneo, de acuerdo con los mis. 241LOPJ y 228 LEC".

El 5 de noviembre de 2021 los herederos han interpuesto un recurso de amparo constitucional ante el Tribunal Constitucional de España, cuya admisión está aun pendiente. 

En paralelo los demandantes homologaron el laudo de jurisdicción en Francia que fue concedido el 17 de septiembre de 2021. El 29 de octubre el Arbitro Único cambió la sede del arbitraje de Madrid a París y decidió continuar con el procedimiento arbitral, cuyo laudo está previsto como tarde para el próximo 1 de marzo de 2022.

 

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