El juez confirma el archivo de la denuncia contra el perito del caso Marta del Castillo

el caso marta del Castillo

Mantiene que no hay posible revelación de secretos ni intrusismo profesional en la labor del experto

En la investigación por el material incautado a Miguel Carcaño no aparece por ahora ninguna funcionaria implicada

Manuel Huerta de la Morena, en su despacho.
Manuel Huerta de la Morena, en su despacho. / M. G.

El juez de Instrucción número 7 de Sevilla ha dictado un nuevo auto en el que confirma el sobreseimiento de la causa abierta contra el CEO de Lazarus Technology, Manuel Huerta, que realizó el informe pericial sobre el teléfono de Miguel Carcaño, tras las "alertas" realizadas por el decano del Colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA), Pedro de La Torre Rodríguez.

El instructor ha desestimado el recurso de reforma que presentó el decano con los mismos razonamientos que llevaron al archivo de la causa en marzo pasado. "No puede sino mantenerse la resolución de 14 de marzo de 2025 y persistir en el archivo de la causa en base a los argumentos que se exponen en el auto y que se dan por reproducidos para evitar inútiles repeticiones", dice el juez, en un auto que ahora tendrá que revisar la Audiencia de Sevilla al tramitarse el recurso de apelación que también se planteó en su momento.

El auto concluye que "no se considera que estemos ante una revelación de secretos ni ante intrusismo profesional por parte del señor Huerta como se razonó en dicho auto", señala en alusión a la primera resolución de archivo.

En marzo pasado, el juez ya expuso que "difícilmente puede calificarse de secreto lo que es más que notorio, ya que durante años todos los implicados en el procedimiento referido anteriormente han acudido a los medios de comunicación contando o relatando sus puntos de vista sobre los hechos".

En la anterior resolución, el magistrado argumentó que "no parece que el señor Huerta esté contando nada nuevo y existiendo como existen sentencia en el asunto y posteriormente aperturas de piezas separadas para investigar otros aspectos del caso, que se han ido cerrando, en modo alguno puede hablarse de relatos que infrinjan el deber de guardar silencio sobre lo que ha sido objeto de una intervención profesional".

Es más, el juez entiende que "el verdadero caballo de batalla está en la existencia o no del delito de intrusismo" y a este respecto concluyó que "no corre mejor suerte la 'alerta' del colegio profesional, pues no se aprecian indicios de que el señor Huerta actuara como ingeniero técnico en informática, firmando los documentos que entregó en el jugado, en nombre de una sociedad sin que aparezca por parte alguna que se atribuye la condición de tal ingeniería".

La declaración del decano del colegio de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA), Pedro de la Torre, "pone de relieve que ambas partes están inmersas en una lucha por conseguir ante los tribunales una declaración o no de aptitud para ser considerados con una categoría profesional concreta", pero por lo expuesto, "no pueden sino sobreseerse las presentes al amparo del artículo 641.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim)".

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