Segunda oportunidad

Un juez perdona 17.000 euros a un pensionista sevillano por la ley de Segunda Oportunidad

Un juzgado exonera a un pensionista sevillano de deudas de más de 17.000 euros.

Un juzgado exonera a un pensionista sevillano de deudas de más de 17.000 euros.

Un juzgado de Sevilla ha exonerado a un pensionista de Sevilla del pago de 17.000 euros de las deudas que arrastraba desde 2006, en concreto, desde la crisis del ladrillo, cuando se vio obligado a dejar de pagar todos los créditos por perder su empleo. Desde entonces, estuvo sufriendo embargos originados por varias deudas bancarias que fueron inasumibles.

Más de una década después, el afectado decidió presentar un concurso de acreedores y ahora la Justicia lo ha liberado de pagar lo que restaba. La Asociación de Ayuda al Endeudamiento ha conseguido esta sentencia que perdona 17.218 euros a este pensionista y su mujer aplicando la llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”.

En este caso, la persona que ha logrado que le perdonen las deudas es natural de Cádiz, aunque emigró varias veces para tratar de encontrar una estabilidad económica y laboral. En la primera década de 2000 residió en Valencia, donde pudo asentarse hasta la crisis de 2008. Ahí, con varios créditos pendientes, se vio obligado a impagar y emigrar al extranjero para recabar ingresos que le permitieran saldar la deuda pendiente.

Tras más de diez años en el extranjero y sin haber recibido ninguna notificación de embargos, volvió a Andalucía, ya jubilado. Fue entonces cuando se percató de que había dejado una deuda sin pagar, y que esa deuda había generado intereses que le eran imposible de saldar.

A pesar de su esfuerzo por pagar todo, sus gastos personales y familiares no llegaban a cubrir todas las cuotas y los correspondientes intereses y comisiones de demora. Entró entonces en una vorágine de constantes reclamaciones, amenazas y llamadas de recobro, lo cual ya no sólo afectaba a su economía, sino también a su salud.

El estrés generado por las llamadas de recobro sumado al miedo de que embargaran su pensión la llevó a investigar sobre la Ley de la Segunda Oportunidad. Fue ahí cuando solicitó asesoramiento a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

Tras estudiar el caso en detalle, los abogados de la Asociación le confirmaron que daba el perfil para acogerse al procedimiento de cancelación de deudas. 

El letrado Pepe Dominguez, uno de los abogados encargados del caso, comenta qué se valora para confirmar la viabilidad del proceso. "Lo primero a valorar es si la persona es insolvente, es decir, no puede pagar sus créditos contratados. Aunque mucha gente pueda pensar que no puede ser insolvente por cobrar una pensión de más de 1.600 euros, este cliente en concreto era insolvente, ya que el monto total a devolver era incompatible con sus gastos personales y familiares básicos”.

Cómo declararse insolvente y lograr el perdón de todas sus deudas

La primera actuación llevada a cabo por la Asociación fue la de comunicar al juzgado de Primera Instancia número 21 de Sevilla la situación de insolvencia de la persona deudora. Con ello dio comienzo un periodo de negociación conjunta con todos los acreedores.

Esto sólo ya lo posibilita a dejar de pagar todos sus préstamos y créditos, evitar cualquier intento de embargo y, en consecuencia, un respiro económico.

Posteriormente, los letrados propusieron a las diferentes entidades un plan de pagos acorde con las posibilidades del deudor. Este intento de acuerdo quedó en nada debido al rechazo de los acreedores, que vieron insuficiente la propuesta.

Este trámite era crucial y obligatorio hasta el 26 de septiembre de 2022. Con la nueva reforma, el acuerdo extrajudicial ha sido eliminado del proceso. “Esto beneficia mucho a los deudores, tanto en duración como en coste de todo el procedimiento”, detalla Pepe Dominguez.

Intentado el convenio por parte del deudor, certificando notarialmente que se trata de un deudor de buena fe. Esto se traduce en que el solicitante gana el derecho a ser perdonado del 100% de sus créditos pendientes si solicita su concurso de acreedores. Dicho concurso fue pedido inmediatamente por los abogados de la Asociación y turnado al Juzgado Primera Instancia nº 21 de Sevilla

Una vez revisada la insolvencia y la buena fe de la solicitante, el Tribunal dictó la resolución definitiva concediendo el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Esto ha supuesto dejar a este deudor libre de los 17.218 euros que debía .

Esta sentencia deja sin posibilidades de cobrar absolutamente nada a los acreedores del asociado y permite al ya ex deudor ser excluido de cualquier fichero de morosidad.

Con este caso son ya cuatro las exoneraciones de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento en lo que va de 2023. Algunas sentencias en la que incluyen incluso deuda pública como los 137.709,06 euros perdonados en Albacete o manteniendo bienes, como los 222.807,18 euros en Valencia el 8 de febrero.

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